Consulta sobre sustituciones verticales

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Consulta sobre sustituciones verticales - Página 2 Empty Re: Consulta sobre sustituciones verticales

24/1/2022, 06:55
Enhorabuena. Para ambas no creo, para tramitación seguro que sí pero infórmate mejor.

Por cierto te lo ofreció tu letrado? Es obligatorio que lo ofrezca? Imagino que tu caso sería el de que tengan que llamar a un gestor interino,te habiliten a ti y llamen a un tramitador para tu plaza
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adrimarti15
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24/1/2022, 12:30
PORCA MISERIA escribió:Enhorabuena. Para ambas no creo, para tramitación seguro que sí pero infórmate mejor.

Por cierto te lo ofreció tu letrado? Es obligatorio que lo ofrezca? Imagino que tu caso sería el de que tengan que llamar a un gestor interino,te habiliten a ti y llamen a un tramitador para tu plaza

Gracias!! Se lo propuse yo a mi letrado porque una compañera está de baja y se prevé larga. Y sí, ahora han solicitado un tramitador interino
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24/1/2022, 14:38
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Consulta sobre sustituciones verticales - Página 2 Empty Re: Sobre sustituciones verticales

24/1/2022, 18:18
adrimarti15 escribió:O sea, que podriamos decir que si haces una sustitución vertical puedes "ahorrar" dos años? Es decir, ese tiempo como gestor te sirve padre promocionar a gestor y a la vez a laj
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], los requisitos que has de cumplir para participar en un proceso de promoción interna, y optar al cuerpo de gestión procesal, son los siguientes:


a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.
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adrimarti15
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24/1/2022, 18:36
PRETORES escribió:
adrimarti15 escribió:O sea, que podriamos decir que si haces una sustitución vertical puedes "ahorrar" dos años? Es decir, ese tiempo como gestor te sirve padre promocionar a gestor y a la vez a laj
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], los requisitos que has de cumplir para participar en un proceso de promoción interna, y optar al cuerpo de gestión procesal, son los siguientes:


a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.

Gracias, lo sé. Que es lo que me quieres decir con eso?
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24/1/2022, 19:31
adrimarti15 escribió:
PRETORES escribió:
adrimarti15 escribió:O sea, que podriamos decir que si haces una sustitución vertical puedes "ahorrar" dos años? Es decir, ese tiempo como gestor te sirve padre promocionar a gestor y a la vez a laj
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], los requisitos que has de cumplir para participar en un proceso de promoción interna, y optar al cuerpo de gestión procesal, son los siguientes:


a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.

Gracias, lo sé. Que es lo que me quieres decir con eso?
Pues que, entiendo --y puedo estar equivocada-- que como el requisito a) no le cumplirías, ese tiempo de dos años, no lo ahorras, puesto que, sin la "categoría" de Tramitador, no puedes realizar el proceso de promoción interna para gestor.
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adrimarti15
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24/1/2022, 19:43
PRETORES escribió:
adrimarti15 escribió:
PRETORES escribió:
adrimarti15 escribió:O sea, que podriamos decir que si haces una sustitución vertical puedes "ahorrar" dos años? Es decir, ese tiempo como gestor te sirve padre promocionar a gestor y a la vez a laj
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], los requisitos que has de cumplir para participar en un proceso de promoción interna, y optar al cuerpo de gestión procesal, son los siguientes:


a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.

Gracias, lo sé. Que es lo que me quieres decir con eso?
Pues que, entiendo --y puedo estar equivocada-- que como el requisito a) no le cumplirías, ese tiempo de dos años, no lo ahorras, puesto que, sin la "categoría" de Tramitador, no puedes realizar el proceso de promoción interna para gestor.

Claro, pero es que aqui estamos hablando de tener cumplido el requisito a.

Yo por ejemplo, soy tramitador de carrera habilitado gestor. Si apruebo gestión a posteriori, lo que quiero saber es si dos años como gestor habilitado servirían para presentarse a laj inmediatamente.

Mi opinión es que sí, tal y como dice ccoo en un enlace un poco más arriba. Si no valiera no tendría sentido que en cada convocatoria ponga que se tiene cuenta el tiempo como sustituto. Se contaría el del cuerpo de origen y ya... Yo lo veo así
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24/1/2022, 19:51
Pero tienes los dos años de tramitación como interino? si es no y quieres que esos dos años que estás habilitado como gestor te valgan  para laj PI y también para los dos que necesitas para gestión pi? en todo caso si tuvieras 4 años como gestor(aprobando primero gestión PI claro está) habilitado podría ser pero no lo veo si solo tienes dos años.

Realmente a mí me dijeron que cuando te habilitan sigues constando como tramitador pero solo que te pagan un complemento para llegar al sueldo de gestor, incluso hasta hace poco las pagas extras las pagaban como tramitador, creo que ya se ha ganado que las paguen como gestor, pero no se sabe si con efecto retroactivo, hay compañeros metidos en juicios por esta historia, lo que sí sé es que una compañera le habilitaron como gestora y a los dos años pudo promocionar para PI gestión.
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adrimarti15
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24/1/2022, 20:10
PORCA MISERIA escribió:Pero tienes los dos años de tramitación como interino? si es no y quieres que esos dos años que estás habilitado como gestor te valgan  para laj PI y también para los dos que necesitas para gestión pi? en todo caso si tuvieras 4 años como gestor(aprobando primero gestión PI claro está) habilitado podría ser pero no lo veo si solo tienes dos años.

Realmente a mí me dijeron que cuando te habilitan sigues constando como tramitador pero solo que te pagan un complemento para llegar al sueldo de gestor, incluso hasta hace poco las pagas extras las pagaban como tramitador, creo que ya se ha ganado que las paguen como gestor, pero no se sabe si con efecto retroactivo, hay compañeros metidos en juicios por esta historia, lo que sí sé es que una compañera le habilitaron como gestora y a los dos años pudo promocionar para PI gestión.

No! No los tengo. Si lo lógico es como tú dices, pero si sigues constando como tramitador no tiene ningún sentido que pongan que cuentan el tiempo como sustituto, no? Porque entonces a nadie le valdría ese tiempo en el cuerpo superior. Yo lo veo muy confuso todo. Porque en realidad, si te presentas a PI tu vas a poder documentar las dos cosas documentalmente, que eres tramitador, y que has trabajado 2 años como gestor
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24/1/2022, 20:15
adrimarti15 escribió:
PRETORES escribió:
adrimarti15 escribió:
PRETORES escribió:
adrimarti15 escribió:O sea, que podriamos decir que si haces una sustitución vertical puedes "ahorrar" dos años? Es decir, ese tiempo como gestor te sirve padre promocionar a gestor y a la vez a laj
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], los requisitos que has de cumplir para participar en un proceso de promoción interna, y optar al cuerpo de gestión procesal, son los siguientes:


a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.

Gracias, lo sé. Que es lo que me quieres decir con eso?
Pues que, entiendo --y puedo estar equivocada-- que como el requisito a) no le cumplirías, ese tiempo de dos años, no lo ahorras, puesto que, sin la "categoría" de Tramitador, no puedes realizar el proceso de promoción interna para gestor.

Claro, pero es que aqui estamos hablando de tener cumplido el requisito a.

Yo por ejemplo, soy tramitador de carrera habilitado gestor. Si apruebo gestión a posteriori, lo que quiero saber es si dos años como gestor habilitado servirían para presentarse a laj inmediatamente.

Mi opinión es que sí, tal y como dice ccoo en un enlace un poco más arriba. Si no valiera no tendría sentido que en cada convocatoria ponga que se tiene cuenta el tiempo como sustituto. Se contaría el del cuerpo de origen y ya... Yo lo veo así
@adrimarti15, disculpa que no te haya sido de mucha ayuda, pues más bien te he liado, pero no leí bien tu consulta.
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24/1/2022, 20:20
Bueno realmente la ley dice dos años efectivos en el cuerpo inferior, así que imagina si no valieran para gestión pi y sí para laj pi, tendrías que volver a tramitación hacer los dos años para poder presentarte a gestión pi, y ya siendo titular sí que te serviría ese tiempo habilitado para laj pi porque es el cuerpo inferior.

Veo varios escenarios:

a) Ese tiempo que vas a estar habilitado como gestor te valga para gestión PI.
b) En caso de ya tener los dos años de tramitador interino, ese tiempo habilitado de gestión te sirviera para laj PI pues ya tienes los dos de tramitación habiendo sido interino.
c) Te valga para gestión PI y laj PI, cosa hartamente improbable, porque son dos años por cuerpo, a no ser que hicieras 4 años de gestor habilitado, que 2 te valieran para gestión PI y 2 para laj PI.
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24/1/2022, 20:21
adrimarti15 escribió:
PORCA MISERIA escribió:Pero tienes los dos años de tramitación como interino? si es no y quieres que esos dos años que estás habilitado como gestor te valgan  para laj PI y también para los dos que necesitas para gestión pi? en todo caso si tuvieras 4 años como gestor(aprobando primero gestión PI claro está) habilitado podría ser pero no lo veo si solo tienes dos años.

Realmente a mí me dijeron que cuando te habilitan sigues constando como tramitador pero solo que te pagan un complemento para llegar al sueldo de gestor, incluso hasta hace poco las pagas extras las pagaban como tramitador, creo que ya se ha ganado que las paguen como gestor, pero no se sabe si con efecto retroactivo, hay compañeros metidos en juicios por esta historia, lo que sí sé es que una compañera le habilitaron como gestora y a los dos años pudo promocionar para PI gestión.

No! No los tengo. Si lo lógico es como tú dices, pero si sigues constando como tramitador no tiene ningún sentido que pongan que cuentan el tiempo como sustituto, no? Porque entonces a nadie le valdría ese tiempo en el cuerpo superior. Yo lo veo muy confuso todo. Porque en realidad, si te presentas a PI tu vas a poder documentar las dos cosas documentalmente, que eres tramitador, y que has trabajado 2 años como gestor
pero los 2 años los tienes que acreditar trabajados como Tramitador, que es lo que a tí te falta. Y no digo nada más...
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24/1/2022, 20:23
No funciona así pretores,  las sustituciones verticales parece que tienen sus particularidades, imagina que te habilitan y no puedes promocionar a gestión pi porque no tienes los dos años efectivos de tramitador, tendrías que volver a tramitador, o directamente no aceptar que te habiliten como gestor si tu intención es promocionar.

Este punto del sindicato no lo deja claro


  • Debe llevarse a la norma de forma expresa lo acordado con el Ministerio de Justicia, tras las sentencias del TJUE de 2011, que se tenga en cuenta el tiempo de las sustituciones en la valoración de méritos en el ingreso por promoción interna y que conste explícitamente que el tiempo de sustituciones contará, como el de interinidad, para los dos años necesarios para poder promocionar.

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24/1/2022, 20:28
PORCA MISERIA escribió:No funciona así pretores,  las sustituciones verticales parece que tienen sus particularidades, imagina que te habilitan y no puedes promocionar a gestión pi porque no tienes los dos años efectivos de tramitador, tendrías que volver a tramitador, o directamente no aceptar que te habiliten como gestor si tu intención es promocionar.

Este punto del sindicato no lo deja claro


  • Debe llevarse a la norma de forma expresa lo acordado con el Ministerio de Justicia, tras las sentencias del TJUE de 2011, que se tenga en cuenta el tiempo de las sustituciones en la valoración de méritos en el ingreso por promoción interna y que conste explícitamente que el tiempo de sustituciones contará, como el de interinidad, para los dos años necesarios para poder promocionar.



@porca, Meterse en un berenjenal' es el acto de meterse en un embrollo o en una situación de la que es difícil salir... pues eso es lo que he hecho, y cuanto más quería apartarme, más contestaba creyendo que sabía por dónde iba la consulta, jijjiji "lo siento"
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24/1/2022, 20:36
No, realmente la ley dice lo que has dicho tú, 2 años efectivos en el cuerpo inmediatamente inferior para poder promocionar, pero como ha dicho el compañero aquí hay una laguna bastante grande, yo este tema lo hablé con una compañera que como he dicho promocionó apenas cumplió los dos años de gestora habilitada, bueno lo intentó, pero cumplió con el requisito de los dos años, otra cosa es que no aprobara.

Yo lo debatí con el resto de compañeros, era el único que opinaba que necesitaba 2 años de tramitación para promocionar que si estaba de gestora habilitada ese tiempo le valdría para laj PI y no para gestión PI, ellos me dijeron que no y una de ella me puso su caso que he dicho antes, luego contacté con staj por el correo corporativo, me llamaron acto seguido y me dijeron lo que he dicho que a efectos de antigÜedad apareces como tramitador con un complemento que te iguala en salario a los de gestión,  algo complejo a mi entender de llegar a entender, aunque pensándolo no te van a habilitar para no poder promocionar, sería un perjuicio más que un beneficio si se quiere promocionar, pero claro uno acepta ser habilitado, yo pensé que si me habilitan pero no me contaba ese tiempo para gestión PI no quería habilitación  porque mi idea es promocionar,  por eso fue mi consulta a STAJ.
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24/1/2022, 21:02
este hilo es un rompecabezas jajaja menudo lío jajaja en fin si hay interinos habilitados en algunas comunidades , y si cuentan los dos años como habilitado para promocionar a laj gestor y a lo que sea , pero siempre cumpliendo la premisa de ser titular en el cuerpo inferior
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adrimarti15
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25/1/2022, 09:08
Jajajaja bueno, por lo que veo podemos emplazarnos en dos o tres años en este mismo hilo a ver como evoluciona el tema 😂😂😂 un abrazo para todos!!
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Naloherr
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Consulta sobre sustituciones verticales - Página 2 Empty promoción interna gestión

1/2/2022, 17:52
Hola quería preguntar si me puedo presentar a Gestión por promoción interna, teniendo 3 años y medio de gestor interino y habiendo aprobado en la última promoción tramitación.
Pensaba que necesitaba estar dos años de tramitador titular pero los del sindicato de UGT que estuvieron ayer en el juzgado dijeron que si podía ir por promoción interna.
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1/2/2022, 17:58
Naloherr escribió:Hola quería preguntar si me puedo presentar a Gestión por promoción interna, teniendo 3 años y medio de gestor interino y habiendo aprobado en la última promoción tramitación.
Pensaba que necesitaba estar dos años de tramitador titular pero los del sindicato de UGT que estuvieron ayer en el juzgado dijeron que si podía ir por promoción interna.

Tienes información y opiniones en los mensajes anteriores de este mismo hilo. Léelo desde el principio y saca tus propias conclusiones porque el tema es discutible y no creo que nadie te vaya a asegurar al 100% que puedes hacerlo, o que no puedes hacerlo. Mi opinión, con lo que se ha dicho aquí, es que sí es posible.
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1/2/2022, 18:09
no puedes Naloherr , si hubieras sido trami interino si
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1/2/2022, 18:11
Ah, no me había fijado en que la interinidad era como gestor.

Entonces, no. Como te dice [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo], no puedes. Podrás promocionar a LAJ en la primera convocatoria cuando seas gestor titular, si cumples los demás requisitos, pero parar gestión PI te toca esperar los dos años.
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1/2/2022, 18:12
Claro es quw una cosa es ser gestor interino que gestor habilitado, y en ese caso te valdría para laj pi cuando seas titular de gestor. Pero si has estado de gestor interino te faltan los dos años de tramitador.
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1/2/2022, 18:13
aunque si se lo han dicho los de ugt.... que son los que mandan
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2/2/2022, 15:48
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] puedes decirme los pasos que seguiste para la habilitación, mi letrada que nunca lo hizo que si puedo informarme, si tiene  ella que mandar un escrito solicitándolo y una vez aprobado te llama civitas para firmar?, cuál fue el primer paso, escrito del letrado solicitando la habilitación? hay algún modelo? además tú también estás en Madrid, así que me serviría
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2/2/2022, 15:51
En la orden que lo regula hay un anexo que se rellena y firma por el LAJ. Hablo de Madrid

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8/2/2022, 16:31
PORCA MISERIA escribió:[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] puedes decirme los pasos que seguiste para la habilitación, mi letrada que nunca lo hizo que si puedo informarme, si tiene  ella que mandar un escrito solicitándolo y una vez aprobado te llama civitas para firmar?, cuál fue el primer paso, escrito del letrado solicitando la habilitación? hay algún modelo? además tú también estás en Madrid, así que me serviría

Perdona porca, no habia visto la notificación. Efectivamente hay que hacer lo que te dice demandado! Una vez lo tramitan te mandan la resolucion habilitandote para que la firmes digitalmente y la vuelvas a remitir
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8/2/2022, 17:09
Sí ya se ha enviado, la mía cuando se vaya el gestor en concurso, había dos habilitaciones. Yo he preferido esperar a esa del concurso que al parecer será más tiempo.
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adrimarti15
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8/2/2022, 18:04
PORCA MISERIA escribió:Sí ya se ha enviado, la mía cuando se vaya el gestor en concurso, había dos habilitaciones. Yo he preferido esperar a esa del concurso que al parecer será más tiempo.
Espero que te salga bien!! Cual es la diferencia en tu juzgado entre trami y gestion? En el mio son los concursos de persona fisica y las divisiones de herencia.
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8/2/2022, 18:18
Ninguna, hacemos lo mismo, 2 números cada uno y las de especial complejidad una cada uno, voy a ganar más haciendo lo mismo cosa que no entiendo...gestores deberían llevar un número más o todas las especiales por algo se gana más siendo gestor.
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8/2/2022, 18:25
en la mayoría de destinos el gestor no hace lo mismo sino que trabaja menos
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8/2/2022, 18:53
Puf, pues yo ya me estoy cagando con esos procedimientos. Me llamaron de un concurso, abrí el gespro y no sabía ni lo que estaba mirando jajaja
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8/2/2022, 19:07
Pues tuve yo muy mal ojo con mi juzgado porq gestores llevamos bastante más carga y responsabilidad que tramitadores...

Enhorabuena Porca 👏
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8/2/2022, 20:24
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] pues si elegiste mal pero vamos que peloteando a los jefes se puede dar la vuelta a la tortilla , es lo que suelen hacer los gestores  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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9/2/2022, 06:31
Aquí hasta los indultos los hacemos por igual, si te toca por un preso de tu número tienes que hacer la pieza de indulto, no va en consonancia cuerpo responsabilidad sueldo.
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9/2/2022, 13:12
La logica a la par que el reglamento (por las funciones que especifica) dicta que el auxilio tiene un trabajo menos especifico y mas sencillo por eso cobra menos( se dedica en teoria a tlf, atencion al publico, llamar a la gente en juicios, archivo y correspondencia) el tramitador ya tiene un trabajo especializado igual que el gestor pues ya cogen el expediente y tramitan todo lo relativo al mismo, obviamente el gestor tiene mayor cargo gana mas pero en consonancia lleva mas trabajo o deberia llevarlo.
Yo en todos los juzgados en que he estado ha sido asi. Y pueden quejarse si, pero el gestor cobra mas, hay menos gestores que tramitadores y a la hora de quejarse interesa tener contentos a los que tramitan que son mas.
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9/2/2022, 16:45
Mayor carga, ¿por qué? Luego no se llega a todo y el perjudicado es el ciudadano. La carga debe ser la que un trabajador pueda llevar correctamente. Otra cosa es asumir procedimientos más complejos, eso sí tiene sentido. Pero mayor carga? Al final pasa que si tirnes que sacrificar un día entero para UN solo procedimiento VERSUS avanzar lo "fácil" y meter 20 cosas para firma, pues imagina la elección si está todo manga por hombro...
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9/2/2022, 18:38
Partamos de la base de que en grandes comunidades y grandes ciudades esta todo manga por hombro porque falta personal y porque no se cubren bajas etc…… el problema no es de quien trabaja en los juzgados es de la administracion que no dota de medios a justicia, hay juzgados que no hay ni boligrafos te dicen que te lo lleves tu de casa (🤣 como comprenderas yo si no tengo boli pues no escribo, encima de mal pagados que somos todos mileuristas me voy a llevar el boli de casa y el material)en otros no hay folios etc….. entonces el ciudadano lo paga pero la culpa no es de quien trabaja es de la administracion. Como tu bien dices se saca lo facil porque? Pues muy sencillo porque encima de no tener medios quien presiona es el secretario que le preocupa la estadistica , prefiere que saques 20 sencillos como bien dices a que saques 2 dificiles porque no discierne entre dificil o facil. Solo ve la estadistica para cobrar productividad.
Y los gestores yo te hablo por lo que llevo viendo en años es que siempre llevan mas carga de trabajo, llevan mas numeros o llevan procedimientos especificos aparte de los normales.
En algun juzgado viven como pepes porque se quejan y hacen menos que los tramitadores (eso lo se por compañeros pero es lo menos)pero no es lo habitual porque se supone que si cobras mas es por algo, llamalo mayor responsabilidad, mas numeros, mas procedimientos…… no vas a cobrar mas que toda la oficina y hacer menos que el resto porque seria de chiste.
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9/2/2022, 19:05
Lo dicho, mayor categoría no debe ser mayor carga de trabajo sino mayor dificultad o responsabilidad, pero si encima de dificultad sumas carga...
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9/2/2022, 19:24
Es tu punto de vista que es respetable como cualquier otro. Mucha gente precisamente no asciende a gestion por ese motivo porque por unos 150 euros de diferencia al mes entre tramitacion y gestion consideran que no compensa.
Aqui el tema es que un tramitador tiene mas trabajo que un auxilio y cobra solo 150 euros brutos mas al mes y el gestor lleva mas carga que el tramitador por 150 brutos al mes. Creo que el tema no es si trabajas mas o menos es lo desproporcionado de lo que se gana, por ejemplo las guardias las cobran todos los cuerpos igual pero obviamente hace mas el tramitador y el gestor , sin embargo el auxilio cobra lo mismo. En el dia a dia es parecido 150 euros al mes de diferencia es una miseria entre auxilio y tramitacion y tramitacion y gestion. La diferencia son 5 euros al dia entre cuerpos y tal como esta justicia y cada dia peor no compensa ni estar de trami ni de gestion porque tienes mas carga que un auxilio con diferencia .
Ahora que encima suben el smi a 1000 euros pues imaginate en que se queda el sueldo de un funcionario de justicia cdo se nos supone unos cuerpos o deberian ser preparados y con estudios. El problema no es lo que se trabaja de carga , el problema es que la carga actual en los juzgados no la pagan y si la pagan la productividad se la llevan los de arriba no nosotros.


Última edición por sinrara5 el 9/2/2022, 19:33, editado 1 vez
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9/2/2022, 19:26
Lo peor es hacer lo mismo cobrando menos.
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9/2/2022, 20:33
También.
Aquí hay muchas cosas por cambiar. A ver lo que tardamos en montar un sindicato 😜
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14/2/2022, 18:15
Una pregunta si un funcionario se va por concurso esa plaza se ha podido pedir a resultas, cómo sé si puede llegar a cubrirse a resultas, porque realmente a mí me habilitarían por vacante del de gestión pero si se cubre a resultas yo no tendría nada que hacer pues la plaza se cubre con un gestor titular, es así no?

por ejemplo aquí salen las que han salido a resultas, que la que a mí me interesa aparece, quiere decir que la han pedido y se ocupará?

[url=https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/EmpleoPublico/Documents/RESULTAS CCAA TRANSFERIDAS 2021.PDF.pdf]RESULTAS BOE TOTAL.xlsx (mjusticia.gob.es)[/url]
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14/2/2022, 19:28
Pero si se cubre a resultas no te podrán habilitar. Las resultas se resuelven a la vez que las vacantes normales, ¿no? Es decir, en la publicación de la resolución del concurso pondrá si se ha cubierto o no a resultas. Si se ha cubierno no la puedes pedir, y si no se ha cubierto, la podrás pedir en sustitución vertical, y ya sabrás que no se volverá a ofertar hasta el siguiente concurso.
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14/2/2022, 19:35
O sea que hasta que no salgan en la web del Ministerio o Boe no sabré si se cubre por resultas? A día de hoy aún no se puede saber?

Putada pprque yo elegí la de concurso porque supuestamente era para más tiempo, laotra era una baja que en cualquier momento se puede incorporar, pero nunca pensé en que se pudiera cubrir a resultas.
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14/2/2022, 22:24
Pero Porca Miseria, es que en ese juzgado o servicio que sea , no saben si se ha adjudicado esa plaza en el concurso? ya han salido las provisionales ya deberían saber si se ha cubierto o no , como dice demandadoconviniente si es así no te pueden habilitar o si , pero por unos días nada más, y son unos inútiles por sacar esa plaza a sustitución vertical sabiendo que ha sido adjudicada en el concurso , los lajs que no se enteran de nada , pero espero que no se te haya cubierto con lo cual tendrás la habilitación de gestor mínimo hasta el próximo concurso, suerte
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14/2/2022, 22:29
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] al compañero sí le han dado lo que pidió,  o sea que se va, pero no sé si llega alguien a resultas por esa plaza que deja.  La Letrada no tenía ni idea no. Tampoco estoy yo muy puesto en esto de las resultas, solo sé que son las que se ocupan si las pides en el caso de que el  titular que la ocupa se pire en el concurso. No sé si aparecen en las mismas listas que las del concurso, van independientes etc.
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14/2/2022, 22:40
ya han aparecido salvo que me hables de servicios comunes upads o cosas así ,  en un juzgado en las provisionales ya se sabe si se ha cubierto o no , y en los servicios comunes upads decanatos o demás dependerá de si se han cubierto por ejemplo 3 plazas y había tres vacantes entonces la que ha salido a resultas no se cubrirá , pero si solo había dos vacantes y lo han adjudicado a tres personas entonces si, mira la adjudicación provisional del concurso
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14/2/2022, 22:42
A ver porca, entiendo que hay dos plazas en tu juzgado de gestion una ocupada por ti habilitado y otra que estara ocupada por un interino no? Aunque se cubra a resultas se tiene que ir el interino salvo que sea una plaza de las llamadas de dotacion. En cuyo caso si han pedido el codigo especifico de la tuya te irias tu.
Lo de saberlo es muy facil entra en la pagina del ministerio mira las provisionales y veras en tu juzgado si alguien pasa destinado a gestion.
Las definitivas creo que las publican el 25 en el boe de este mes entonces lo sabras ya seguro. Busca por juzgado o bien por provincia y encontraras la plaza si se le ha adjudicado a alguien o no. Si no la encuentras es porque nadie la ha pedido
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14/2/2022, 22:50
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]  vale vale gracias, creo que lo he pillado ejeje, la plaza que deja el que se pira tiene un número a resultas, hay un listado de plazas a resultas y le asignan un número, ese número no aparece en las provisionales del concurso, vamos que a mí sección no viene nadie, solo se va este compañero que sí aparece el destino al que va pero nadie en su lugar, nadie a resultas que vaya a ocupar su puesto, ni por número que asignan a la plaza por resultas ni por el número de la sección, no aparece,  creo que no me estoy equivocando.

Creo que me ha quedado claro esto de las resultas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] de momento ninguno está habilitado, había dos habilitaciones para pedir, una de una gestora que está de baja(interina), en vez de pedir interino gestor se habilita un titular tramitador como gestor y piden tramitador interino por el puesto del tramitador titular que ocupará la de gestión, esa es una, después está/estará la del que se va en concurso que es la que yo he elegido(por escalafón me dieron a elegir) porque es la que supuestamente iba a ser de más tiempo, pero claro en su día no me acordé lo de las resultas y la letrada no sabe como funciona lo del concurso, así que tuve que buscarme yo un poco la vida hablando con los de civitas etc. Al final pues eso mi compañera se habilita que ya lo pidió por la gestora que está de baja y yo por el de concurso que se pira, siempre y cuando no se cubra a resultas que como creo y he mirado bien no hay nadie que vaya a mi sección.
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15/2/2022, 18:50
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pues a disfrutarlo , venga embarga liquida y demás jaja ejecuta que suerte yo tb quiero sustitución de gestor jajaja
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