Consulta sobre sustituciones verticales

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Consulta sobre sustituciones verticales Empty duda sobre sustitución vertical

25/11/2020, 09:18
Imaginad que sois auxilio (titular) en un servicio común y por razones del servicio os conceden una sustitución vertical y os habilitan para ello como tramitadores. Al mismo tiempo, se resuelve el proceso selectivo y resultas aprobado con plaza en el cuerpo de tramitación (turno libre). Ahora viene mi pregunta, ¿puedes seguir en la sustitución vertical habilitado como tramitador, siendo tramitador titular en otro destino?

Entiéndase que dejas tu puesto de tramitador titular en excedencia, y sigues en tu destino de auxilio (habilitado como tramitador).

Y otra duda, ¿si apruebas por promoción interna, funciona igual que si lo haces por libre?

Igual son preguntas muy tontas, pero me surgió la duda hace unos días y me encantaría saber si a alguien de por aquí le ha pasado o conoce algún caso cercano.
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Kaiser
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Consulta sobre sustituciones verticales Empty Re: Consulta sobre sustituciones verticales

25/11/2020, 11:47
Puedes seguir en la vertical de tramitación si dejas en excedencia la plaza de tramitación del turno libre, porque estas en una vertical siendo titular de auxilio. Lo que es imposible es ser titular de trami en otro destino y ocupar una vertical, puesto que para esto último es necesario que estés en activo en el cuerpo de auxilio.
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25/11/2020, 11:49
Muchas gracias por tu respuesta.
jaeger1
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25/11/2020, 13:11
sI, así es, puedes seguir
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defecto_procesal
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Consulta sobre sustituciones verticales Empty Re: Consulta sobre sustituciones verticales

25/11/2020, 14:10
La cosa es que dejándola en excedencia si se te acaba la sustitución en 2 meses por ejemplo, luego te toca volver a auxilio y esperar al concurso para ingresar en tramitación. No puedes decir me quedo y cuando acabe de la sustitución me incorporo ya a mi nueva plaza de trami
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Nairobi
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Consulta sobre sustituciones verticales Empty Sustitución vertical

8/1/2021, 13:24
Buenos días. Una duda sobre sustitución vertical. Si eres funcionario titular de Auxilio Judicial y ejerces como Tramitador Procesal a través de sustitución vertical, ¿ el tiempo trabajado como tramitador cuenta para completar los dos años necesarios para poder presentarte por promoción interna a Tramitación ?

No sé si me explico. El tiempo de Tramitador por sustitución vertical ¿ puedo hacerlo valer para presentarme por promoción interna a tramitación ? ( Uno de los requisitos es tener 2 años trabajados como funcionario de Auxilio Judicial Titular ).

Y luego por otro lado si al devengar un trienio estás ejerciendo como Tramitador por sustitución vertical y no como Auxilio Judicial ¿ cobras trienio de Tramitador o de Auxilio ?
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Einar
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8/1/2021, 13:44
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Claro que te cuenta el tiempo que estés como tramitador. Es más, si pasas el mínimo para poder promocionar, los 2 años, y sigues de tramitador, el tiempo que exceda te contará como puntuación de antigüedad de tramitador.

Y respecto al trienio, si llega el día en que lo cumples u estad ocupando el puesto de tramitador, tu trienio va a ser de tramitador, independientemente que estés haciendo sustitución vertical.
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gotesca
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8/1/2021, 22:11
El trienio lo generas de auxilio aunque te encuentres trabajando de tramitación haciendo una sustitución vertical.
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Juanal9
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8/1/2021, 22:27
El trienio lo cumples como auxilio no como tramitador, como bien te han comentado.
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Einar
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Consulta sobre sustituciones verticales Empty Re: Consulta sobre sustituciones verticales

8/1/2021, 22:48
Pues por lo que yo sé, si durante el tiempo de sustitución le coincide cumplir un trienio en el cuerpo de tramitación, lo consolida como tramitador. Tengo compañeros que han consolidado trienio de esta forma.
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ETEM
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8/1/2021, 22:55
Yo soy interina en la bolsa de gestión.
Como no había nadie en la bolsa de tramitación me ofrecieron una plaza, y acepte la plaza de tramitación.
Ahora he hecho un trienio, y me lo cuentan de tramitacion
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9/1/2021, 02:50
Yo el caso que conozco es de un tramitador habilitado de gestor, que ha cumplido el trienio en la sustitución vertical y se lo han reconocido de tramitador, no de gestor.
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defecto_procesal
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9/1/2021, 09:38
En mi caso, solo vale a efectos de cobrar y de antigüedad. Si cumples un trienio, te lo pagan conforme a tu cuerpo de origen y tampoco te cambian el grupo de cotización
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Nairobi
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10/1/2021, 14:21
Gracias a todos por vuestras respuestas.
Por tanto, aunque trabaje como tramitador ( sustitución vertical ) SÍ me cuenta para cumplir los dos años a efectos de promocionar de auxilio a tramitador.
Pero a efectos de trienios si el día que hago 3 años estoy como tramitador en sustitución vertical, no devengo trienio de tramitador sino de auxilio ( mi cuerpo de origen del que soy titular ).
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21/4/2021, 21:11
Siempre me llamó la atención este derecho de los funcionarios, que creo que en justicia es de uso habitual, y quería conocer algo más sobre él, por si surge la oportunidad, una vez que pasemos a ser un engranaje más de la maquinaria.

¿Sólo se puede solicitar dentro de tu propio órgano o unidad de destino?

¿Hay requisitos para su solicitud, aparte del de cumplir los necesarios para ocupar el puesto superior (titulación)?

¿Son de concesión objetiva tanto para decidir si se conceden o no, como para decidir a quién se conceden si hay varios solicitantes, o se depende del criterio del LAJ o la administración competente?

¿Son iguales en todos los territorios?
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22/4/2021, 07:46
Donde estoy yo hay un auxilio que va a pasar a tramitadora por sustitución vertical, se lo ofrecieron a los auxilios más antiguos de la misma Sala hasta que llegó a ella, así que por antigüedad cumpliendo los requisitos... 

No sé más pero podría preguntarle
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22/4/2021, 08:42
¡Gracias Porca!

Pregunta y comparte por aquí si crees que te puede dar información interesante. A mí a día de hoy no es una información que me urja, pero quien sabe si habrá que echar mano de ella algún día.
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22/4/2021, 09:25
Este es nuestro protocolo, por si te sirve de algo.
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PROTOCOLO SUSTITUCIONES INTERNAS.PDF (59 KB) Descargado 144 veces
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22/4/2021, 15:10
Opositora91 escribió:Este es nuestro protocolo, por si te sirve de algo.

¡Muchas gracias!

Tirando del hilo de tu mensaje encontré alguna normativa más, de otros ámbitos, y veo que son todas prácticamente iguales.
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adrimarti15
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22/4/2021, 15:38
A mi con esto siempre se me presento una duda. Pongamos que eres tramitador y sustituyes a un gestor los dos primeros años de funcionario. Podrías promocionar internamente a gestor? Y si asciendes a gestor esos dos años luego te cuentan para ascender a LAJ o habría que estar dos años de gestor titular?
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22/4/2021, 15:41
Te valen los que hagas por sustitución, si estás 2 añosen trami por sustitución te sirven para promocionar a gestión, pero primero tienes que promocionar a trami. Vale igual tu ejemplo sí
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adrimarti15
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22/4/2021, 16:51
O sea, que podriamos decir que si haces una sustitución vertical puedes "ahorrar" dos años? Es decir, ese tiempo como gestor te sirve padre promocionar a gestor y a la vez a laj
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22/4/2021, 16:55
Me parece que no, si te habilitan como tramitador por sustitución vertical te ahorras los 2 años(si has estados dos años claro) para promocionar a gestión pero dónde están los dos años efectivos como auxilio para promocionar a tramitación? Tendrías que hacer los dos años de auxilio digo yo

Por lógica vamos, igual que si has sido interino gestor 2 años, cuando seas titular de gestión podrás promocionar a laj sin esperar los dos años, pero si entras como tramitador tendrás que hacer los dos años para promocionar a gestor aunque tengas los dos de gestor para promocionar a laj


2x1 creo que no hay
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adrimarti15
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23/4/2021, 10:56
PORCA MISERIA escribió:Me parece que no, si te habilitan como tramitador por sustitución vertical te ahorras los 2 años(si has estados dos años claro) para promocionar a gestión pero dónde están los dos años efectivos como auxilio para promocionar a tramitación? Tendrías que hacer los dos años de auxilio digo yo

Por lógica vamos, igual que si has sido interino gestor 2 años, cuando seas titular de gestión podrás promocionar a laj sin esperar los dos años, pero si entras como tramitador tendrás que hacer los dos años para promocionar a gestor aunque tengas los dos de gestor para promocionar a laj


2x1 creo que no hay

Vale, eso suponia... Muchas gracias!! Hubiera estado bien ese 2x1 jeje
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30/4/2021, 14:29
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14/11/2021, 18:14
Si te habilitan al cuerpo superior te pagan las extras del cuerpo inferior? si eres tramitador y te habilitan de gestor te pagan extras de tramitador? una compañera que lleva muchos años habilitada me ha dicho que le pagan las extras como si estuviera trabajando de tramitador, cómo puede ser eso? el resto como gestor pero las extras la parte que corresponda pero como tramitador

me quedé en shock, no encuentro la lógica
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14/11/2021, 18:21
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Eso parece, por lo que dice la última frase de la última página.
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14/11/2021, 19:08
vale no tenía ni idea, siempre se entera uno de algo nuevo. Sí ella me dijo que se metió en contencioso (creo que ganado), aunque no me enteré bien si con carácter retroactivo.
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14/11/2021, 20:26
Pues si te enteras ponlo por aquí. Si son pleitos ganados seguro, cuanto antes lo pongas en macha, llegado el caso, mejor, por si no tiene efetos retroactivos (yo supongo que sí).
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18/1/2022, 21:22
Por si le vale a alguien; Hoy me informé sobre las habilitaciones en sustitución vertical, en mi caso lo mismo me habilitan como gestor cuando se vaya el que pidió concurso,  aquí hacemos lo mismo tramitadores y gestores al menos en ejecutorias, mi pregunta ha sido si me habilitan como gestor si podría promocionar cuando cumpla los dos años(siendo gestor habilitado), me han dicho que sí que aunque me habiliten como gestor la antigÜedad la haces como tramitador, por lo que ese tiempo te vale para promocionar a gestión y no como gestor para letrado(cuando fuera gestor titular).
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18/1/2022, 23:07
PORCA MISERIA escribió:Por si le vale a alguien; Hoy me informé sobre las habilitaciones en sustitución vertical, en mi caso lo mismo me habilitan como gestor cuando se vaya el que pidió concurso,  aquí hacemos lo mismo tramitadores y gestores al menos en ejecutorias, mi pregunta ha sido si me habilitan como gestor si podría promocionar cuando cumpla los dos años(siendo gestor habilitado), me han dicho que sí que aunque me habiliten como gestor la antigÜedad la haces como tramitador, por lo que ese tiempo te vale para promocionar a gestión y no como gestor para letrado(cuando fuera gestor titular).

¿De dónde viene esa información y cómo es de fiable? ¿De la administración? ¿De un sindicato? Porque yo lo pregunté hace un tiempo y no me supieron asegurar si el tiempo de gestor en sustitución vertical contaría para LAJ PI.

Veo normal que no cuente para las dos promociones internas un mismo tiempo, pero si eres gestor sustituto, y en la convocatoria pone que cuenta el tiempo como gestor, tanto titular como interino, debería valer.

¡A ver si tienes suerte y te pueden nombrar!

Edito para añadir un enlace que he encontrado

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19/1/2022, 06:28
Me lo ha diccho STAJ, si eres gestor sustituto te vale para presentarte a gestión promoción interna, pero con ese enlace dice que te vale para letrados pi, no entiendo, para las dos promociones seguro que no.

De hecho una compañera apenas llegó la habilitaron como gestora y a los dos años se presentó a gestión promoción interna, teniendo los dos años de gestora habilitada y no de tramitadora.
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19/1/2022, 07:42
En el caso de tramitador habilitado como gestor a mí también me dijeron sin ninguna duda que valía el tiempo para gestión PI, pero lo otro no me lo supieron afirmar seguro.

Quizá puedas "gastar" ese tiempo en una u otra promoción interna, pero no en las dos. Es decir, tu compañera no podría usarlo ya para LAJ PI.

Es una suposición. Me gustaría ver esa sentencia.
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19/1/2022, 07:48
en el enlace anterior:


  • Personal del cuerpo de Auxilio Judicial con 2 años de sustitución vertical en Tramitación y que han aprobado recientemente la plaza de Tramitación Procesal por promoción interna, podrán acceder ya en la próxima convocatoria a Gestión por promoción interna.



Entiendo que en ese caso se cumple con el requisito de los dos años de auxilio(se ha estado dos años trabajando de auxilio), entonces el tiempo que has estado de auxilio te vale para promoción de trami, luego si le han habilitado a tramitación ese tiempo de trami te vale para promoción interna de gestión. Es lo que yo entiendo.
Pero en  mi caso por ejemplo que no cumplo los dos años de trami, si me habilitan como gestor solo me valdría para promoción interna de gestión.
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adrimarti15
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19/1/2022, 10:38
Mi laj ha solicitado mi habilitacion como gestor el dia 10 y desde gestión de personal me han dicho que están tramitandolo(ambito madrid) , aunque no se si para bien o para mal jejej si me entero de algo os lo comento por aquí, que es un tema muy interesante. Un saludo a todos.
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gotesca
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19/1/2022, 13:58
El tiempo que te encuentras habilitada te cuenta en de tu cuerpo el origen y p eso puedes acceder por promoción interna aunque seas habilitado. Es más, si siendo habilitado cumples un trienio lo generas del cuerpo de origen y no del de habilitado.

DemandadoReconviniente
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19/1/2022, 15:34
Lo de los trienios en los juzgados te reconocen en del cuerpo superior. Debe haber ya bastantes sentencias los contenciosos, hasta el punto de que la Comunidad de Madrid estaba pensando modificar la normativa para reconocerlo expresamente (según sindicatos)
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LEO AND PISCIS
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19/1/2022, 16:59
Os estoy leyendo y me parece muy interesante todo lo aportado, vosotros creéis que si un interino que estuvo en un órgano judicial un tiempo, cesa y luego vuelve al mismo órgano judicial , se le contaría ese tiempo para poder habilitarse como gestor, por delante de un tramitador titular que lleva un año sin interrupciones desde que tomo posesión en el mismo órgano judicial???
PORCA MISERIA
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19/1/2022, 17:16
Interinos no pueden ser habilitados, tiene que ser titular.
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LEO AND PISCIS
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19/1/2022, 17:19
Ya, ese es el tema, que ha vuelto al mismo órgano como titular
PORCA MISERIA
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19/1/2022, 17:26
Entiendo que deberían habilitar al que tenga más antigüedad como titular.
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19/1/2022, 17:47
+1

y enhorabuena porki
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soplii
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19/1/2022, 17:58
Hola!! Quizás esté en otro hilo, pero la verdad es que no lo encuentro. Los gestores titulares pueden optar por sustitucion vertical a LAJ? O sólo se podría si estás inscrito en la bolsa de LAJ sustitutos? Muchas gracias!
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19/1/2022, 18:02
Art. 451.6 LOPJ
DemandadoReconviniente
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19/1/2022, 19:40
adrimarti15 escribió:Mi laj ha solicitado mi habilitacion como gestor el dia 10 y desde gestión de personal me han dicho que están tramitandolo(ambito madrid) , aunque no se si para bien o para mal jejej si me entero de algo os lo comento por aquí, que es un tema muy interesante. Un saludo a todos.

¿Tuviste que aportar el título universitario? ¿Cómo lo aportaste? ¿En copia auténtica/compulsa en formato papel?
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LEO AND PISCIS
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19/1/2022, 22:25
Muchas gracias Porca!!!!!!
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adrimarti15
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20/1/2022, 09:12
DemandadoReconviniente escribió:
adrimarti15 escribió:Mi laj ha solicitado mi habilitacion como gestor el dia 10 y desde gestión de personal me han dicho que están tramitandolo(ambito madrid) , aunque no se si para bien o para mal jejej si me entero de algo os lo comento por aquí, que es un tema muy interesante. Un saludo a todos.

¿Tuviste que aportar el título universitario? ¿Cómo lo aportaste? ¿En copia auténtica/compulsa en formato papel?
Sí, lo aporté con el sello del juzgado y la firma del LAJ
DemandadoReconviniente
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20/1/2022, 11:06
adrimarti15 escribió:
DemandadoReconviniente escribió:
adrimarti15 escribió:Mi laj ha solicitado mi habilitacion como gestor el dia 10 y desde gestión de personal me han dicho que están tramitandolo(ambito madrid) , aunque no se si para bien o para mal jejej si me entero de algo os lo comento por aquí, que es un tema muy interesante. Un saludo a todos.

¿Tuviste que aportar el título universitario? ¿Cómo lo aportaste? ¿En copia auténtica/compulsa en formato papel?
Sí, lo aporté con el sello del juzgado y la firma del LAJ

Gracias! Pensaba hacer algunas compulsas en Notaría por si lo llegase a necesitar, pero si con la firma del LAJ me lo ahorro, mejor.
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adrimarti15
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20/1/2022, 11:47
DemandadoReconviniente escribió:
adrimarti15 escribió:
DemandadoReconviniente escribió:
adrimarti15 escribió:Mi laj ha solicitado mi habilitacion como gestor el dia 10 y desde gestión de personal me han dicho que están tramitandolo(ambito madrid) , aunque no se si para bien o para mal jejej si me entero de algo os lo comento por aquí, que es un tema muy interesante. Un saludo a todos.

¿Tuviste que aportar el título universitario? ¿Cómo lo aportaste? ¿En copia auténtica/compulsa en formato papel?
Sí, lo aporté con el sello del juzgado y la firma del LAJ

Gracias! Pensaba hacer algunas compulsas en Notaría por si lo llegase a necesitar, pero si con la firma del LAJ me lo ahorro, mejor.
bueno, yo supongo que valdrá así jajaja. El Laj me dijo que en otras habilitaciones así lo había hecho, y luego en el correo de solicitud explicaba que adjuntaba mi título firmado dando fe de que era copia exacta del original o algo así
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adrimarti15
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24/1/2022, 00:45
Bueno, pues os informo que ha valido todo lo realizado!! Esta semana empiezo como gestor habilitado, y me sigue surgiendo la duda de la promoción interna que comentabamos antes... leyendo las convos de Gestion PI y Laj PI en ambas especifica que cuentan los dos años como sustituto, así que igual si que puede usarse ese tiempo para ambas promociones internas, porque aunque estés habilitado, sigues siendo titular de tramitación, pero claro, luego se dice expresamente que vale el tiempo de sustituciones... creo que hay una laguna bastante grande
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