HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

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Ilusiones13
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 15:54
los de Comunidad Madrid, estáis recibiendo el certificado de servicios prestados?
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pepinillo
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 16:25
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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ldoming
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 17:00
Creo que es el mismo despacho de abogados que está reclamando también en las de justicia. A ver en qué paran también todas esas convocatorias
PORCA MISERIA
PORCA MISERIA
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 17:01
Ilusiones13 escribió:los de Comunidad Madrid, estáis recibiendo el certificado de servicios prestados?

Por aquí nada.
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Kino Romero
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 18:31
pepinillo escribió:
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.
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Sergio30
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 18:45
Kino Romero escribió:
pepinillo escribió:
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.

Está contemplado el concurso opo, no un concurso puro, y en el concurso opo ya muchos jueces contemplaban la posible inconstitucionalidad del concurso al ser este un 40 %, y no un 20% por ejemplo como suele ser siempre, al no poder competir en condiciones de igualdad por una plaza alguien que no tuviera antigüedad.
Pues ya un concurso de méritos puro, ni te digo si es inconstitucional.
El problema es que esto lo tiene que validar un tribunal político, y será todo legal, porque la ideología puede retorcer la interpretación de cualquier derecho para encajarlo con las preferencias del gobierno de turno.
En este caso se retorcera el principio de igualdad que es en lo que se van a fundamentar los futuros recursos de amparo.


Última edición por Sergio30 el 10/3/2023, 18:48, editado 1 vez
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 18:47
Kino Romero escribió:
pepinillo escribió:
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.
Y el estado de alarma también se contempla en la Ley y no procedían las medidas que se tomaron ni tampoco se justificaban mediante dicha fórmula o procedimiento llevado a cabo, lo cual no es óbice para considerarlo ilegal.
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Kino Romero
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 19:01
Juanbn escribió:
Kino Romero escribió:
pepinillo escribió:
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.
Y el estado de alarma también se contempla en la Ley y no procedían las medidas que se tomaron ni tampoco se justificaban mediante dicha fórmula o procedimiento llevado a cabo, lo cual no es óbice para considerarlo ilegal.
En el caso de los procesos de accesos excepcionales como el presente, el Tribunal Constitucional ha admitido desigualdades de trato entre los participantes que van desde la celebración de pruebas restringidas (STC 27/1991), a pruebas en las que prima de manera muy notable los servicios prestados en la Administración (STC 67/1989; 185/1999; 12/1999 o 107/2003)
 La STS 878/2019, admite que en un concurso de méritos la experiencia de antigüedad se bareme en el 75% del baremo total.
Evidentemente podrás encontrar jurisprudencia en caso contrario.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 19:29
Kino Romero escribió:
Juanbn escribió:
Kino Romero escribió:
pepinillo escribió:
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.
Y el estado de alarma también se contempla en la Ley y no procedían las medidas que se tomaron ni tampoco se justificaban mediante dicha fórmula o procedimiento llevado a cabo, lo cual no es óbice para considerarlo ilegal.
En el caso de los procesos de accesos excepcionales como el presente, el Tribunal Constitucional ha admitido desigualdades de trato entre los participantes que van desde la celebración de pruebas restringidas (STC 27/1991), a pruebas en las que prima de manera muy notable los servicios prestados en la Administración (STC 67/1989; 185/1999; 12/1999 o 107/2003)
 La STS 878/2019, admite que en un concurso de méritos la experiencia de antigüedad se bareme en el 75% del baremo total.
Evidentemente podrás encontrar jurisprudencia en caso contrario.
Usted hace trampa. 

Primero explique la razón de los procesos restringidos en el año 1991 y el desarrollo del fallo del Tribunal Constitucional, en el que se explica la razón de su excepcionalidad. Cuestión la cual no es coincidente con lo que nos atañe. 

Yo no niego que haya concursos en los que se admita que se cuente el 75% de la experiencia. De hecho, hay cargos que se eligen por libre designación y bolsas en las que los interinos que tienen más antigüedad se les otorga prioridad. 

Lo que pasa es que los precedentes, en este caso, no tienen nada que ver con lo que usted intenta justificar. Por esa regla de 3 podrían llevarse unos años sin ofertar a empleo público miles de plazas para crear una necesidad o justificarla y así sacar otra ley de interinos...

Sería fácil de crear esta situación con muchas herramientas "aparentemente" legales, dejando de incluir plazas o limitándose su oferta en los presupuestos (mientras son ocupadas), dejando de convocar por voluntad de cada uno de los ámbitos o CCAA o dejando caducar las OEP... Una maniobra un tanto forzada para convertir el concurso de deméritos en ordinario y sin razón de ser jurídica que pueda justificar las resoluciones que usted pone como ejemplo.
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Kino Romero
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 19:46
Juanbn escribió:
Kino Romero escribió:
Juanbn escribió:
Kino Romero escribió:
pepinillo escribió:
Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.
Y el estado de alarma también se contempla en la Ley y no procedían las medidas que se tomaron ni tampoco se justificaban mediante dicha fórmula o procedimiento llevado a cabo, lo cual no es óbice para considerarlo ilegal.
En el caso de los procesos de accesos excepcionales como el presente, el Tribunal Constitucional ha admitido desigualdades de trato entre los participantes que van desde la celebración de pruebas restringidas (STC 27/1991), a pruebas en las que prima de manera muy notable los servicios prestados en la Administración (STC 67/1989; 185/1999; 12/1999 o 107/2003)
 La STS 878/2019, admite que en un concurso de méritos la experiencia de antigüedad se bareme en el 75% del baremo total.
Evidentemente podrás encontrar jurisprudencia en caso contrario.
Usted hace trampa. 

Primero explique la razón de los procesos restringidos en el año 1991 y el desarrollo del fallo del Tribunal Constitucional, en el que se explica la razón de su excepcionalidad. Cuestión la cual no es coincidente con lo que nos atañe. 

Yo no niego que haya concursos en los que se admita que se cuente el 75% de la experiencia. De hecho, hay cargos que se eligen por libre designación y bolsas en las que los interinos que tienen más antigüedad se les otorga prioridad. 

Lo que pasa es que los precedentes, en este caso, no tienen nada que ver con lo que usted intenta justificar. Por esa regla de 3 podrían llevarse unos años sin ofertar a empleo público miles de plazas para crear una necesidad o justificarla y así sacar otra ley de interinos...

Sería fácil de crear esta situación con muchas herramientas "aparentemente" legales, dejando de incluir plazas o limitándose su oferta en los presupuestos (mientras son ocupadas), dejando de convocar por voluntad de cada uno de los ámbitos o CCAA o dejando caducar las OEP... Una maniobra un tanto forzada para convertir el concurso de deméritos en ordinario y sin razón de ser jurídica que pueda justificar las resoluciones que usted pone como ejemplo.
Dígame una sentencia dónde se establezca que es nulo o inconstitucional el acceso a la administración por el sistema extraordinario de concurso de méritos, ojo el acceso, no la baremación, si me lo demuestra le daré la razón.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

10/3/2023, 19:52
Kino Romero escribió:
Juanbn escribió:
Kino Romero escribió:
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Kino Romero escribió:
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Kino Romero escribió:
Promoin escribió:Vamos a ver, que se valore con 60 puntos a quien ha trabajado durante 25 años excluyendo al resto de personas que no han podido trabajar en la función pública, es igualdad?
Serán los tribunales los que determinen la legalidad o no de la convocatoria, los que estén en un lado de la balanza, dirán que si, y los que estén en el otro dirán que no, cada cual tendrá sus razones, lo que tenía muy claro desde el primer día, era la judicialización de estas convocatorias por todas las partes.
Si algo tengo claro es la primera "bofetada" que me dieron en Derecho, que la legalidad y la justicia son dos conceptos distintos.
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Según he leído del artículo, la estimación del recurso se refiere a establecer la condición de funcionario sin pasar un proceso selectivo, que ante el abuso corresponde sanción y no fijeza; no es el caso en que nos encontramos en este supuesto, aquí lo que se han impugnado son las bases, y nos guste o no el concurso de méritos está contemplado como sistema de acceso a la función pública,.distinto es la forma de baremación.
Y el estado de alarma también se contempla en la Ley y no procedían las medidas que se tomaron ni tampoco se justificaban mediante dicha fórmula o procedimiento llevado a cabo, lo cual no es óbice para considerarlo ilegal.
En el caso de los procesos de accesos excepcionales como el presente, el Tribunal Constitucional ha admitido desigualdades de trato entre los participantes que van desde la celebración de pruebas restringidas (STC 27/1991), a pruebas en las que prima de manera muy notable los servicios prestados en la Administración (STC 67/1989; 185/1999; 12/1999 o 107/2003)
 La STS 878/2019, admite que en un concurso de méritos la experiencia de antigüedad se bareme en el 75% del baremo total.
Evidentemente podrás encontrar jurisprudencia en caso contrario.
Usted hace trampa. 

Primero explique la razón de los procesos restringidos en el año 1991 y el desarrollo del fallo del Tribunal Constitucional, en el que se explica la razón de su excepcionalidad. Cuestión la cual no es coincidente con lo que nos atañe. 

Yo no niego que haya concursos en los que se admita que se cuente el 75% de la experiencia. De hecho, hay cargos que se eligen por libre designación y bolsas en las que los interinos que tienen más antigüedad se les otorga prioridad. 

Lo que pasa es que los precedentes, en este caso, no tienen nada que ver con lo que usted intenta justificar. Por esa regla de 3 podrían llevarse unos años sin ofertar a empleo público miles de plazas para crear una necesidad o justificarla y así sacar otra ley de interinos...

Sería fácil de crear esta situación con muchas herramientas "aparentemente" legales, dejando de incluir plazas o limitándose su oferta en los presupuestos (mientras son ocupadas), dejando de convocar por voluntad de cada uno de los ámbitos o CCAA o dejando caducar las OEP... Una maniobra un tanto forzada para convertir el concurso de deméritos en ordinario y sin razón de ser jurídica que pueda justificar las resoluciones que usted pone como ejemplo.
Dígame una sentencia dónde se establezca que es nulo o inconstitucional el acceso a la administración por el sistema extraordinario de concurso de méritos, ojo el acceso, no la baremación, si me lo demuestra le daré la razón.
Vuelve a hacer trampa. 

¿Le he dicho yo que no se pueda establecer un concurso de méritos, un proceso de libre designación o un estado de alarma? Lo que le digo es que no se justifica su excepcionalidad ni es aplicable de forma arbitraria e ilegal.

Las resoluciones que usted pone como ejemplo tampoco justifican su implementación o excepcionalidad para este caso específico.
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Loris
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

12/3/2023, 14:36
Completamente de acuerdo, Juanbn. En este caso yo creo que el gobierno se escudará en las repetitivas peticiones de UE de solucionar la cuestión de la temporalidad en el servicio público español. Ya sabes, para pasar a la historia como el gobierno que consiguió atajar el problema, aunque esto sea a costa de los derechos de los opositores.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

12/3/2023, 15:32
Loris escribió:Completamente de acuerdo, Juanbn. En este caso yo creo que el gobierno se escudará en las repetitivas peticiones de UE de solucionar la cuestión de la temporalidad en el servicio público español. Ya sabes, para pasar a la historia como el gobierno que consiguió atajar el problema, aunque esto sea a costa de los derechos de los opositores.
De todos modos, el Gobierno ha actuado de forma contraria a lo que indicaron los tribunales europeos a la hora de legislar con la ley de/para los interinos, dado que en cuanto a la indemnización, por ejemplo, dejaron en manos de los tribunales españoles el análisis o estudio de los casos concretos (como es lógico). Para los casos de los ceses de los interinos, tras la ocupación de la plaza por un funcionario de carrera, hubo repetidas sentencias del TS, en las que se expresaba que no procedía indemnización, ya que se entendía que el tiempo excedido ocupando la plaza (por desentendimiento por parte de la administración) era suficiente para resarcir el supuesto daño que se alegaba. Sin embargo, el Gobierno tomó una decisión que nada tuvo que ver con la exigencia de la UE y de los tribunales españoles, provocando más obstáculos o agravando la situación y dirigiéndolo todo hacia un mismo camino... 

Por otra parte, cuando se habla de temporalidad, ¿a qué se refieren? 

¿Las plazas vacantes no se originan a partir de la tasa de reposición? Todas las plazas ofertables son plazas procedentes de la tasa de reposición. 

Se cogieron a un clavo ardiendo con lo de que podía haber un 8% de temporalidad, sin tener en cuenta que cuando la UE hablaba de ese porcentaje, lo hacía porque desconocía la forma de acceder legal en la administración española, y se refería a otros tipos de contratos... 

Si tuviéramos que tener esa referencia del 8%, lo que se haría es dejar de reponer las plazas mediante OEP,  si se generara al año menos del 8 %; si bien, sería una medida contraria a nuestra propia legislación y forma de acceso. Aunque esta referencia o cifra carece de sentido, dado que al año se genera más de ese 8% de temporalidad en la administración.
 
Anteriormente, se agarraban a que tenían potestad para limitar los PGE (aunque las plazas fueran ofertables y estuvieran ocupadas por interinos), a que poseían potestad para hacer creer que no existían las plazas que no se incluían, a que podían mantener las plazas de refuerzo según su voluntad sine die y a que las CCAA, libremente, podían dejar de convocar y de ofrecer plazas... Cuando ese castillo de naipes se cayó, tocó aferrarse a las indicaciones de la UE, la cual no hizo otra cosa que explicar las irregularidades existentes que, a su vez, tenían su origen en los aspectos a los que se agarraban, previamente.
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1931lsd
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 13:54
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Cuando las barbas de tu vecino veas pelar......
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Juanbn
Mensajes : 1488
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 13:59
1931lsd escribió:[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]





Cuando las barbas de tu vecino veas pelar......
Con los Cuerpos Generales pueden hacer otro invento para tirarlo hacia delante. La fuerza de los LAJ es muy distinta... 

Mientras tanto, harán lo que sea para que se jubilen en el puesto. No se crea que esta noticia pone triste a muchos interinos añejos, sino todo lo contrario...

Cada paso está muy medido.

Todo ha estado supeditado a los 1.100 euros de aumento en el sueldo que piden.

A este paso dejarán de ofertar las plazas durante 5 ó 10 años hasta que se les ocurra poner como proceso ordinario el concurso de deméritos o el de libre designación... 

Tienen mucha imaginación y recursos.
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opositora458
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 15:01
es posible que se suspendan las de cuerpos generales si también han sido recurridas
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Ulises
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 15:07
Doctrina casacional sobre la subsistencia de nombramientos derivados de convocatorias selectivas ilegales - delajusticia.com - El rincón jurídico de José Ramón Chaves
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 15:10
opositora458 escribió:es posible que se suspendan las de cuerpos generales si también han sido recurridas
Pues fíjate que lo dudo... Y en el caso remoto que lo hicieran, el tiempo que transcurrirá hasta el fallo y el propio fallo será favorable para que las plazas sigan en el limbo o en stand by. 

De hecho, no me extrañaría que el fallo o los fallos de lo recurrido por los LAJ y el de los interesados en el proceso para los Cuerpos Generales de la AJ fuera muy diferente...
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 15:21
Ulises escribió:Doctrina casacional sobre la subsistencia de nombramientos derivados de convocatorias selectivas ilegales - delajusticia.com - El rincón jurídico de José Ramón Chaves
Sí, pero hay que tener en cuenta que el que ocupó o los que ocuparon la/s plaza/s, temporalmente, no adquirió o adquirieron ningún derecho sobre ésta o éstas para un futurible proceso. Está claro que si el proceso se resolviera antes y lograran tener la condición de funcionarios de carrera, sí sucedería lo descrito. De hecho, ése parece que es uno de los objetivos... Uno de ellos parece ser que es retrasarlo todo mediante fraudes y procesos judiciales y otro es que mediante un proceso ágil se puedan meter a presión, como sea, antes de que haya una resolución en contra.

Buenismo en estado puro, penita y victimismo vs(versus) verdadera seguridad jurídica y legalidad.


Última edición por Juanbn el 13/3/2023, 15:37, editado 1 vez
BelayaSmert
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 15:37
En nada se parece el 442 LOPJ (acceso Laj -oposicion y concurso-oposicion) al 484 (acceso cuerpos generales, que remite a EBEP y admite concurso) que ya se cambio exprofeso para el atropello.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 15:40
BelayaSmert escribió:En nada se parece el 442 LOPJ (acceso Laj -oposicion y concurso-oposicion) al 484 (acceso cuerpos generales, que remite a EBEP y admite concurso) que ya se cambio exprofeso para el atropello.
Por eso digo, pronto se dejarán de ofertar las plazas durante 5 ó 10 años para terminar modificando la ley y permitir como sistema ordinario el concurso de deméritos o la libre designación. Es sencillo.

O se justifica un proceso excepcional por ser año bisiesto. Hay alternativas. Todo muy legal.
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Sergio30
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 19:24
BelayaSmert escribió:En nada se parece el 442 LOPJ (acceso Laj -oposicion y concurso-oposicion) al 484 (acceso cuerpos generales, que remite a EBEP y admite concurso) que ya se cambio exprofeso para el atropello.

Por encima del ebep está la constitución, el 23,2 con el 14.
Me suena que la c.e es la norma suprema del ordenamiento jurídico y por tanto toda norma inferior se debe interpretar conforme a los preceptos constitucionales.
Si no fuera así se estaria dejando a la c.e. Vacía de contenido de facto, y si una ley se hace en contra de ella es un inconstitucional ( otra cosa es quien tiene que declarar esa inconstitucionalidad ), y aquí la hemos matao.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

13/3/2023, 20:02
Sergio30 escribió:
BelayaSmert escribió:En nada se parece el 442 LOPJ (acceso Laj -oposicion y concurso-oposicion) al 484 (acceso cuerpos generales, que remite a EBEP y admite concurso) que ya se cambio exprofeso para el atropello.

Por encima del ebep está la constitución, el 23,2 con el 14.
Me suena que la c.e es la norma suprema del ordenamiento jurídico y por tanto toda norma inferior se debe interpretar conforme a los preceptos constitucionales.
Si no fuera así se estaria dejando a la c.e. Vacía de contenido de facto, y si una ley se hace en contra de ella es un inconstitucional ( otra cosa es quien tiene que declarar esa inconstitucionalidad ), y aquí la hemos matao.
¡Correcto! 

Así y todo, los órganos jurisdiccionales se pueden apoyar en preceptos constitucionales para desarrollar la resolución, y en última instancia podrían plantear cuestión de inconstitucionalidad. Esto último no lo veo ni siquiera necesario. Ahora bien, ve haciéndote a la idea de que no pasará nada... Esto lleva guisándose desde hace años y los mismos que lo consideraban una barbaridad jurídica comienzan a justificarlo... 

Creo que hay un recurso de inconstitucionalidad por el "Icetazo", pero esa ley estuvo en vigor muy poquito. De la vigente o más reciente se desentendieron tanto el ¿Defensor del Pueblo? como todos los partidos. La barbarie está en proceso y no la pararán, de un modo u otro...
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Dorothy88
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 01:09
Se rumorea algo de la estabilización? en cuanto a los méritos cuando creéis que dirán de aportarlos?
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Iñaqui
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 07:46
Para días tienes, o más bien, meses
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Dorothy88
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 11:08
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Gracias, eso lo suponía, pero era por si había alguna información al respecto.
PORCA MISERIA
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 11:29
STAJ GALICIA: Suspendido cautelarmente el concurso de méritos para el acceso por turno libre a LAJ.

aquí también lo dice staj, el motivo: la forma de acceso.

Mientras que para los cuerpos generales, el artículo 484 de la LOPJ, que ha sido modificado recientemente, señala que “el acceso a los Cuerpos Generales se efectuará a través de los sistemas y en los términos establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público”. Y en el EBEP se contempla el concurso de méritos como una forma de acceso, además de la oposición y del concurso- oposición.
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Lucas 22
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 11:41
Dorothy88 escribió:Se rumorea algo de la estabilización? en cuanto a los méritos cuando creéis que dirán de aportarlos?
El Ministerio ya dijo q el proceso quedaría en suspenso hasta primeros del año 24
Y ya te digo q los plazos para resolverlo se irán  al 31/12/2024  las 23:59  horas en el supuesto q lo cumplan q por los antecedentes q tienen no lo cumplirán.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 11:57
PORCA MISERIA escribió:STAJ GALICIA: Suspendido cautelarmente el concurso de méritos para el acceso por turno libre a LAJ.

aquí también lo dice staj, el motivo: la forma de acceso.

Mientras que para los cuerpos generales, el artículo 484 de la LOPJ, que ha sido modificado recientemente, señala que “el acceso a los Cuerpos Generales se efectuará a través de los sistemas y en los términos establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público”. Y en el EBEP se contempla el concurso de méritos como una forma de acceso, además de la oposición y del concurso- oposición.
¡Perfecto! 

Buen antecedente tenemos para que se dejen de ofertar las plazas durante 10 años y, posteriormente, convertir el concurso de deméritos y la libre designación en formas ordinarias de acceso.

Otro recurso que hay para los procesos selectivos de los LAJ, sin necesidad de cambiar la ley o ese artículo, es realizar un concurso oposición con una prueba que consistiera en responder una pregunta tipo test, donde las 4 respuestas fueran correctas. A modo de ejemplo:

¿Mediante qué principio o principios se tendrán que basar para desarrollar los procesos selectivos que permitan el acceso al empleo público? 
a) Principio de equidad para los interinos. 
b) Principio de alegalidad, principio de fraude de ley sostenido y principio de ilegalidad. 
c) Principio de edad avanzada, principio de penita, principio de victimismo, principio de indefensión para los no interinos y principio de seguridad jurídica a partir de ilegalidades para interinos, exclusivamente. 
d) Todas son correctas.
rossiplus
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 13:24
jajajajaja, muy bueno 👏🏼👏🏼👏🏼
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Inapelable
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 14:31
Es que ya no es ni siquiera que sea legal el acceso por concurso ( aunque la excepcionalidad se convirtiera en la regla). La cosa es encima: pero qué concurso?  Mis años de experiencia como titular valen menos que los tuyos como interino? Yo, que llevo trabajando 15 años como titular, que aprobé una oposición y una promo y no tengo opciones contra ti, que te presentaste, firmaste y te fuiste a tomar café para poder entrar en una bolsa hace 10 años...y eso es más meritorio que lo mío? Y si lo hacemos concurso oposición, tanto de lo mismo: venga, el examen tanto y el concurso casi todo, para que matemáticamente sea imposible. Un pseudo-concurso. 
Y la libre en días seguidos, que ya está bien de que os presentéis a todo y consigáis 2 o 3 plazas. Si queréis plaza, aunque sea una, haberlo pensado hace 10 años, porque ahora ya ni siendo el mejor en examen vas a coger una bolsa. 

Bien, un poco exagerado, pero hay días que me dan ganas de cometer delito con el temita.
rossiplus
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 16:17
toda la razón, [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo].
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Arka_87
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 17:16
una pregunta... es que en la pagina del Ministerio me pierdo. Han publicado ya las fechas para enviar los meritos titulación etc de la convocatoria que es solo de concurso.
Ferroli
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 17:41
Bueno entonces veis factible que suspendan cautelarmente también el concursazo de los cuerpos generales o no?
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 17:44
Ferroli escribió:Bueno entonces veis factible que suspendan cautelarmente también el concursazo de los cuerpos generales o no?
No.
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anitarubita
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 18:14
Arka_87 escribió:una pregunta... es que en la pagina del Ministerio me pierdo. Han publicado ya las fechas para enviar los meritos titulación etc de la convocatoria que es solo de concurso.
No
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OPE
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 19:21
No, manda el EBEP.
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Juanbn
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

14/3/2023, 20:00
No obstante, las razones por las que no se suspenderá serán ajenas a que se haga referencia al EBEP, aunque se justifique por éste. El camino se lo han puesto facilito. La posible suspensión no es, únicamente, dependiente de lo expresado en el EBEP.

Los tribunales, años atrás, no evitaron en sus resoluciones esta situación con las herramientas disponibles. Y había suficientes... 

Por ejemplo, la excedencia por cuidado de hijos y demás, estaba regulada o desarrollada en la LOPJ , de forma distinta al Plan Concilia y al EBEP; si bien, para los Cuerpos Generales de la AJ, había que aplicar el precepto del EBEP y del Plan Concilia...
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Endevé
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

15/3/2023, 09:53
Hola a tod@s!
Una pregunta, por si le ha ocurrido a alguien. Situación con varios años como interina fuera de ámbito Ministerio, concretamente en Andalucía. Alguien ha tenido problemas para obtener la certificación de servicios prestados en esta CCAA? Cómo lo resolvió? La respuesta en los sitios a que te diriges que no consta esa información...
Agradecería vuestra ayuda.
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Kino Romero
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

15/3/2023, 11:23
Endevé escribió:Hola a tod@s!
Una pregunta, por si le ha ocurrido a alguien. Situación con varios años como interina fuera de ámbito Ministerio, concretamente en Andalucía. Alguien ha tenido problemas para obtener la certificación de servicios prestados en esta CCAA? Cómo lo resolvió? La respuesta en los sitios a que te diriges que no consta esa información...
Agradecería vuestra ayuda.
En Google pon ventanilla única Junta de Andalucía, lo rellenas y envías la solicitud, tienes que tener certificado digital https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/
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Endevé
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

15/3/2023, 11:50
Kino Romero escribió:
Endevé escribió:Hola a tod@s!
Una pregunta, por si le ha ocurrido a alguien. Situación con varios años como interina fuera de ámbito Ministerio, concretamente en Andalucía. Alguien ha tenido problemas para obtener la certificación de servicios prestados en esta CCAA? Cómo lo resolvió? La respuesta en los sitios a que te diriges que no consta esa información...
Agradecería vuestra ayuda.
En Google pon ventanilla única Junta de Andalucía, lo rellenas y envías la solicitud, tienes que tener certificado digital https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/
Muchas gracias!
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Ulises
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 13:38
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PORCA MISERIA
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 13:47
Según ha comentado un compañero en el otro hilo de concurso oposición, 26 por plaza en gestión para concurso, cómo lo veis.
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Iñaqui
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 13:56
El compañero ha dicho que por encima de 60, pero todo es muy relativo, a lo mejor baja algo, porque no me creo que haya tanta gente por encima de aquélla cifra. Acordaos que cuando se publicó el sondeo, habia muy pocos por encima de 70, alguno más por encima de 60, pero no demasiados.
PORCA MISERIA
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 13:58
Pensé que primer bloque concurso, y elotro concurso opo, en su mensaje
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Goldenyou
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 14:03
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anitarubita
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 14:12
Y los demás ámbitos cuándo saldrá algo?😅
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Opostion
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 16:06
Goldenyou escribió:[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Las plazas de tramitación en el concurso son 584, la ratio está bien en 9'07. A ver si sabemos el resto de España para comparar
Ferroli
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 22:00
Alguno que se moje sobre posibles cortes en el concurso de méritos en Cataluña?
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OPE
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ICONO Re: HILO OFICIAL - Concurso de méritos (a.k.a. "concursazo") (II)

28/3/2023, 22:02
Entre 55 60 últimas plazas?
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