MESA SECTORIAL MADRID

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14/3/2024, 10:40
MESA SECTORIAL JUSTICIA COMUNIDAD DE MADRID: CALENDARIO LABORAL, PLAN DE ACTUACIÓN EN LA JURISDICCIÓN CIVIL Y UNIDAD DE REVOLVING.

Ayer, 13 de marzo de 2.024, se celebró Mesa Sectorial con la presencia de nuestra Directora General de RR.HH. y Relaciones con la Administración de Justicia, en la que en su orden del día comenzó la negociación de dos de los asuntos contenidos en el nuevo Acuerdo Sectorial, en lo referido al Calendario Laboral 2.024 y a los Planes de Actuación en la jurisdicción civil, ampliándose a la Unidad “Revolving”.

CALENDARIO LABORAL

Tras recibir de la Dirección General de Justicia la propuesta de calendario laboral y formuladas las correspondientes alegaciones, en la Mesa Sectorial, todos los sindicatos presentes hemos solicitado mejoras varias en los siguientes apartados:

● Apartado 6.º: prolongación de jornada.

● Apartado 7.º: jornada reducida por fiestas laborales de ámbito local

● Apartado 10.º: medidas de conciliación.

● Apartado 13.º: días adicionales de permiso por coincidencia con los días 24, 31 de diciembre, y festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido.

● Apartado 14.º:  Compensaciones horarias por acumulado estival y por servicio de guardia.

● Apartado 19.º: Tiempo de formación.

CSIF Justicia Madrid seguirá informando de los avances en la negociación del calendario laboral.

 

PLANES DE ACTUACIÓN EN LA JURISDICCIÓN CIVIL

Actualizados, a fecha 31 de diciembre de 2023, el número de escritos con pendencia de más de 30 días y las demandas pendientes de incoar, son 68 juzgados de primera instancia los que cumplen los requisitos para ser incluidos en el Tramo 1 (en situación más crítica por tener una pendencia de más de 1.000 escritos, y sería posible realizar el plan de actuación por toda su plantilla, con una duración inicial máxima de hasta 6 meses); y 57 juzgados de primera instancia los que cumplen los requisitos para ser incluidos en el Tramo 2 (críticos por pendencia de entre 500 y 999 escritos, solamente podrían realizar el plan de actuación 4 funcionarios de sus plantillas, con una duración inicial máxima de hasta 6 meses).

Por todos los sindicatos presentes hemos solicitado que nos de traslado del Plan de Actuación que se pretende implantar para realizar las correspondientes alegaciones, comunicándonos la Directora General que serán prácticamente idénticos a los aprobados en su día para el partido Judicial de Arganda del Rey.

Desde CSIF Justicia Madrid realizaremos un estudio detallado de la propuesta del Plan de Actuación de cara a realizar las correspondientes alegaciones, siendo necesario la fijación de unos módulos razonables, pues una vez medida la carga de trabajo de los órganos judiciales en cuestión, no podemos olvidar que la forma de medir el trabajo debe tener tres partes: la central que es la carga de trabajo “razonable”, es decir, la cantidad de trabajo que de manera ordinaria y habitual podemos asumir los funcionarios de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia en el ejercicio de su trabajo diario. En el trabajo por encima de lo razonable se encuentra lo extraordinario, la productividad, que permite el abono de variables por objetivos.

Conocida la cantidad de trabajo que podemos asumir quienes ejercemos las funciones de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, otra forma de medir el trabajo debe tener en cuenta la cantidad de trámites que conlleva el impulso procesal de los escritos y demandas. No todos los procedimientos tienen el mismo trámite, y un solo escrito puede conllevar el libramiento de multitud de despachos.

Y la tercera parte en la medición debe ser la carga de trabajo “saludable”, que a efectos de salud tampoco está prevista en ninguna norma con rango de ley, pero sí, por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 13/1995. Y es que la sobrecarga de trabajo puede afectar negativamente la productividad en el trabajo, así como también en la calidad del trabajo realizado, pues puede sentirse abrumado, estresado y agotado física y mentalmente y por tanto, es posible que el trabajador no pueda cumplir con los plazos, cometa errores y tenga dificultades para mantener un equilibrio entre su vida profesional y personal.

 

UNIDAD REVOLVING

Es probable que la puesta en marcha del nuevo Juzgado especializado en tarjetas “revolving” (tarjetas de crédito con pago aplazado) pueda producirse a lo largo del mes de abril que viene.

Estará situado en la calle Génova, 10 de Madrid.

Estará integrado por 12 funcionarios pertenecientes al servicio de apoyo del TSJ, y el propio TSJ ha solicitado la adscripción de los puestos de refuerzos de los Juzgados de lo Penal que cesarán el próximo 31 de marzo; y se valorará la posibilidad de adscribir también a dicha unidad los puestos de refuerzos de los Juzgados de lo Social que cesarán. Aclarar que lo que se adscriben a esta Unidad “$evolving” no son los funcionarios que vienen ocupando los puestos de refuerzo mencionado. Lo que se adscriben son los puestos, con la excepción de aquellos funcionarios pertenecientes al servicio de apoyo del TSJ que si irán directamente destinados a dicha unidad. Por tanto, comenzarán a prestar servicio inicialmente los 12 funcionarios del servicio de apoyo del TSJ y los puestos de refuerzo penal que cesarán en breve.

Así mismo, se completará con 4 magistrados y 2 Letrados de la Administración de Justicia.

Es muy probable la tramitación robotizada, pues la experiencia piloto en el Juzgado de Primera Instancia nº 101 bis ha sido muy satisfactoria.

En principio, a dicha Unidad “Revolving” se le asignarán los procedimientos monitorios que han tenido entrada a partir del 1 de abril de 2024, aunque el C.G.P.J. indicó que se le asignaran las peticiones presentadas desde el 1 de enero de 2.024, sin olvidar que deberá estarse a lo que en esta materia acuerde la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid que es el órgano gubernativo que tiene atribuida la competencia de aprobar las normas de reparto de asuntos.
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15/3/2024, 08:29
LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA PRESENTA A LA MESA SECTORIAL UN BORRADOR DE CALENDARIO LABORAL CON ESCASAS MEJORAS
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20/3/2024, 06:50
RESUMEN MESA SECTORIAL 19 DE MARZO 2024
En el día de ayer, 19 de marzo, se ha celebrado una mesa sectorial cuyos puntos del orden del día eran los siguientes:
  1. Calendario laboral.

  2. Plan de actuación.

  3. Ruegos y preguntas.


 
CALENDARIO LABORAL

La Dirección General de Justicia nos da traslado de un nuevo borrador de calendario laboral donde se recogen dos peticiones realizadas por UGT en exclusiva:
  1. Posibilidad de finalizar la jornada de obligado cumplimiento a las 13.30 en el caso de cursos de formación en horario de tarde.

  2. La no vinculación de los informes del Letrado de la Administración de Justicia, por ejemplo, en el disfrute de la flexibilidad horaria por ambos progenitores.


 
Por otro lado, UGT Justicia vuelve a realizar nuevas alegaciones:
  1. Ampliar la edad máxima de la flexibilidad horaria por hijos menores hasta los 16 años, o de forma subsidiaria, hasta los 14 años.

  2. Ampliación del acumulado estival desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre.

  3. Cumplimiento del acuerdo sectorial y concesión del día adicional por prestar servicio de guardia en festivo, domingo, 24 o 31 de diciembre, así como la regulación del disfrute de este día adicional.

  4. Posibilidad de, en la semana de festividad local, poder disfrutar:
    1. Jornada reducida de 9.00 a 14.00
    2. Día de permiso adicional realizando el horario completo durante dicha semana.



 
Por parte de la Dirección General se nos informa de un nuevo traslado de calendario laboral que será el texto definitivo que se publicará en el BOCM.
 
PLAN DE ACTUACIÓN

Por parte de la Dirección General se nos informa que será necesario cumplir con los siguientes requisitos para poder ser retribuido el plan de actuación:

ESCALA
ESCRITOS PROVEIDOS/MES
DEMANDAS INCOADAS
RETRIBUCION
TRAMO 1
390
52
16 PUNTOS
TRAMO 2
360
48
14 PUNTOS
Por parte de UGT Justicia solicitamos la inclusión de un tercer tramo donde exijan 330 escrito y 44 demandas con una retribución de 12 puntos.
Igualmente, solicitamos que es caso de situación sobrevenida (como puede ser baja laboral) se abone la parte proporcional del plan que se haya alcanzado en el momento de producirse la situación concreta.
De forma anterior, desde UGT habíamos solicitado la inclusión en el plan de funcionarios que prestan servicios en un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de forma exclusiva tramitando asuntos penales. De esta forma, por parte de la Dirección General se ha incluido unos tramos para dichos compañeros:

ESCALA
ESCRITOS PROVEIDOS/MES
RETRIBUCION
TRAMO 1
78
16 PUNTOS
TRAMO 2
72
14 PUNTOS
Estos escritos deben ser proveídos de forma adicional al trabajo ordinario de asuntos penales.
Por parte de UGT solicitamos que se incluya un tercer tramo: 66 escritos con una retribución de 12 puntos.
El inicio del plan de actuación se prevé para el 1 de abril de 2024.
Os recordamos que el valor de punto se fija en 30,97 euros.
 
RUEGOS Y PREGUNTAS

Acuerdo sectorial-. UGT hemos vuelto a insistir en la necesidad de continuar con la negociación de los distintos puntos del acuerdo sectorial que deben regularse: comisiones de servicios, acción social, etc.
Desde la Dirección General se nos comunica que se continuarán las negociaciones de forma inmediata una vez se dé por finalizada la negociación del calendario laboral.
 
Formación funcionarios de nuevo ingreso-. [size=17]Hemos vuelto a solicitar que todos aquellos compañeros que se incorporan después de superar el proceso selectivo puedan acceder a la formación online que facilita la Consejería de Justicia, al igual que se facilita a los funcionarios interinos.[/size]
 
Decreto bolsa interinos-. [size=17]Solicitamos una inmediata convocatoria para dotar a las bolsas de interinos del personal necesario para cubrir las necesidades de los órganos de personal toda vez que las bolsas de interinos, especialmente, tramitación y gestión, están prácticamente vacías.[/size]
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20/3/2024, 15:18
CCOO DENUNCIA QUE TAN SOLO DOS MESES DESPUÉS DE SU FIRMA, LA 
CONSEJERÍA DE JUSTICIA EMPIEZA A INCUMPLIR EL NUEVO 
ACUERDO SECTORIAL A PESAR DE HABER SIDO APROBADO POR EL 
CONSEJO DE GOBIERNO Y PUBLICADO EN EL BOCM.
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MESA SECTORIAL CON LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA, PLANES DE ACTUACIÓN Y CALENDARIO LABORAL (20-03-2024).pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(765 KB) Descargado 63 veces
DemandadoReconviniente
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20/3/2024, 20:11
390 escritos y 52 demandas para llegar al escalón alto de la productividad. El sindicalista que firme eso es que no ha trabajado en un Juzgado desde hace 20 años y no tiene ni idea de cómo funciona.
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24/3/2024, 15:56
DemandadoReconviniente escribió:390 escritos y 52 demandas para llegar al escalón alto de la productividad. El sindicalista que firme eso es que no ha trabajado en un Juzgado desde hace 20 años y no tiene ni idea de cómo funciona.

Pues el sindicalista medio. 

Creo que los liberados, como los políticos,,  tenían que primero, tener un mínimo de experiencia laboral y después un máximo de 2 legislaturas. Luego a currar.
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OPOJUS23
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MESA SECTORIAL MADRID - Página 6 Empty plan de actuación

30/3/2024, 23:02
que se metan el plan por dónde les quepa. Es  un plan imposible de cumplir. Aunque hicieses escritos y demandas fáciles,  que pasa con todo lo demás¿,  correo devuelto, negativas scac, oficios, vencimientos, Etc.
pretenden que en un mes nos saquemos el retraso de la huelga.
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31/3/2024, 13:58
qué pasa con el Teletrabajo, cuándo se van a poner manos a la obra con el reglamento que lo desarrolle.
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Zgz
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31/3/2024, 17:45
Sale a 19 escritos y dos demandas diarias… más correo , teléfono, atención público, señalamientos… vamos quien ha firmado eso no tiene ni idea.
Te toca un escrito con un montón de embargos y adiós al objetivo de 19 escritos días … contando que no cogas ningún permiso  .
No deberíamos apuntarnos nadie a nada . Ya se que es dinero , pero lo que piden es imposible de sacar salvo que hagas más horario , y eso yo, ya no hago
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4/4/2024, 23:11
LA CONSEJERÍA DA POR FINALIZADA LA NEGOCIACIÓN...
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LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA DA POR CERRADA LA NEGOCIACIÓN DE LOS PLANES DE ACTUACIÓN Y DEL CALENDARIO LABORAL 2024 (4-04-2024).pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(573 KB) Descargado 69 veces
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19/4/2024, 11:17
Mesa Sectorial personal de Justicia de Comunidad de Madrid

 

 

LA FIRMEZA DE CCOO LOGRA QUE LA CONSEJERÍA RECTIFIQUE EN SU INTENTO DE INCUMPLIR EL ACUERDO SECTORIAL EN RELACIÓN CON LAS LIBRANZAS POR SERVICIOS DE GUARDIA

 

·      No obstante para su aplicación presenta una propuesta de modificación de las Instrucciones sobre fichajes de guardia en la que sólo aplica parcialmente los términos del Acuerdo

 

 

Ayer, día 19 de abril, se celebró reunión de Mesa Sectorial del personal funcionario de Justicia de la Comunidad de Madrid con un único punto en el orden del día: Proyecto de instrucción sobre fichajes de guardias.

 

El Acuerdo Sectorial 2024-2027 incluyó el reconocimiento de una de las históricas reivindicaciones de CCOO y de los trabajadores/as que realizan servicios de guardia:  Un día de libranza por cada guardia que coincida en domingo ó festivo, 24 ó 31 de diciembre. El Acuerdo entró en vigor el día 13 de febrero de 2024, pero la Consejería ha dado largas para aplicar las libranzas a pesar de que el Acuerdo es taxativo, no admite interpretación alguna ni condiciona su aplicación al desarrollo de ninguna instrucción ó resolución posterior.

 

 Como hemos venido informando, en la propuesta de calendario laboral 2024 que la Administración llevó a la Mesa Sectorial para su negociación, incluyó un apartado sobre libranzas por guardias que en absoluto hacía referencia a lo establecido en el Acuerdo y sólo planteaba que se aplicarían en los términos previstos en la normativa vigente de guardias, la Resolución del Ministerio de Justicia 5 de diciembre de 1996, es decir, invalidando por completo las avance logrados en la negociación del Acuerdo.

 

CCOO exigió con firmeza la eliminación de esa cláusula y que se aplicara, ya sin más demora, la literalidad del Acuerdo y advertimos que, de no hacerlo, plantearíamos todas las iniciativas legales necesarias, incluso la judicial, y que asistiríamos a los trabajadores/as en su derecho a reclamar judicialmente esas libranzas y las indemnizaciones correspondientes. La contundencia y determinación de CCOO llevó a la Consejería (que no tenía ninguna posibilidad legal para sostener su posición) a retirar del calendario laboral las referencias a las libranzas de guardias y a plantear que las incluiría en la Instrucción de fichajes de guardia.

En la reunión que se celebró ayer la Consejería presentó una propuesta de modificación de la Instrucción de fichajes de guardia que, relación con las libranzas, se resume en lo siguiente:

 

1º) Reconoce las libranzas por prestar servicio de guardia en domingo ó festivo sólo en los juzgados de Instrucción de Madrid aunque con una redacción que puede dar lugar a equívocos.

2º) En el caso de las guardias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer no hay ninguna modificación en cuanto a la situación actual para tener derecho a libranza (sólo si corresponde prestar servicio de guardia un sábado, domingo, día festivo o inhábil de forma consecutiva). Por tanto incumple el Acuerdo íntegramente.

3º) En los partidos judiciales de la periferia plantea tres posibilidades para tener derecho a la libranza (dos de la cuales idénticas a la situación actual) pero, en cualquier caso, no se aplica una libranza por cada día de guardia que coincida en domingo o festivo como establece el Acuerdo. La libranza que propone es la siguiente:

§  Si el servicio lo presta la plantilla mínima prevista en la normativa librará el día saliente de la guardia, el que trabajase el domingo o festivo, salvo que en el turno rotatorio hubiera asistido más de un funcionario, en cuyo caso, librarán todos los que lo hayan prestado.



§  Si el servicio lo realiza una dotación mayor, podrán disfrutar la libranza todos los que la compongan, pero siempre que participen en el turno rotatorio de 17 a 20 horas.



§  Disfrutarán de derecho a la libranza, los funcionarios que con carácter general no participen en el turno de tarde, pero presten servicios de forma efectiva los domingos y festivos.

4º) En ningún caso aplica la libranza cuando coincida la guardia en los días 24 y 31 de diciembre como sí reconoce el Acuerdo Sectorial

5º) No incluye las guardias de los Cuerpos Generales del IML a los efectos del reconocimiento de libranzas previstas en el Acuerdo Sectorial.

 

La Consejería de Justicia ha emplazado a los sindicatos representativos en la Mesa Sectorial a que presentemos por escrito nuestras alegaciones-a su propuesta para continuar la negociación.

 

 No obstante, desde CCOO hemos vuelto a mostrar nuestra rotunda protesta por lo que sigue siendo un injustificado intento de no cumplir en su integridad los términos del Acuerdo Sectorial y hemos reclamado que no siga retrasando más su aplicación. Además, CCOO reclamado también que debe aplicarse a las guardias de los Cuerpos Generales del IML; que la pausa para la comida establecida durante guardia no debe descontarse de la jornada de guardia; que se regulen las sustituciones de guardias de tal modo que no se supediten necesariamente a las sustituciones de los jueces y que no haya intervención del los LAJs en relación a la procedencia
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26/4/2024, 23:57
En ambito Madrid existen ayudas para el transporte publico? He visto q se ha recuperado dinero para accion social y nose si incluyen algo en este sentido
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29/4/2024, 20:47
VARIAS INFORMACIONES DE INTERÉS:



1º)  Instrucciones  de la Dirección General de RRHH y Relaciones con la Administración de Justicia sobre compensaciones horarias para los funcionarios que deberán tramitarlos recursos de las elecciones al Parlamento Europeo.

2º) Acuerdo de la Decana de Madrid relativo a la duración  de las penalizaciones por incumplimiento de las prohibiciones en  la utilización de las plazas de parkings de las sedes  de los juzgados del partido judicial de Madrid.

29 de abril de 2024

 

1º)  Adjuntamos las Instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, mediante las que se regula el régimen de compensaciones de los funcionarios encargados de los recursos derivados de las Elecciones europeas de junio de 2024.

En concreto  las Instrucciones son de aplicación a los  funcionarios destinados en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo nº 5, nº 17, nº 25 y nº 26 de Madrid , así como en la Oficina de registro y reparto de la delegación del Decanato de los Juzgados de dicho orden jurisdiccional, que tengan que prestar servicios los días 4,5,11,12,15,18 y 19 de mayo de 2024, a los efectos de la tramitación de los recursos electorales, consignarán su entrada y salida del centro de trabajo en el sistema de control horario “Fiva”.

 

2º) Acuerdo de la Decana de Madrid relativo a la duración de las penalizaciones por el incumplimiento de las prohibiciones establecidas por Acuerdos de la propia Decana en la utilización de las plazas de  los parkings de las sedes de los juzgados de Madrid. (se adjunta).

Más allá de que se debe garantizar en cualquier caso la seguridad dentro de los parlkings de los sedes judiciales, CCOO  seguimos rechazando con firmeza los Acuerdos de la Decana que no reviertan, en contra de lo que venimos reclamando desde el sindicato,  el reparto clasista de  las plazas de aparcamiento de los edificios públicos  de los juzgados que aseguran  a  una minoría (Jueces, fiscales, LAJs y resto del personal del grupo A1) que coincide que es la mejor pagada, el tener a su disposición una plaza  para aparcar (las usen o no), en detrimento de la mayoría de los trabajadores/as con salarios más bajos.  

Como venimos denunciando, se trata de una demostración impúdica del clasismo y de los privilegios en la Administración de justicia, lamentablemente refrendada por los mismos que se benefician de ellos  y que sólo podrá modificarse con la unánime, constante y contundente denuncia pública y movilización contra esos privilegios.

 

Lamentablemente, la mayoría de los días  en las sedes judiciales hay  decenas de plazas de aparcamiento vacías durante toda la mañana porque sus  ”titulares” (término del Acuerdo de la Decana) no las utilizan. Eso, lamentablemente también supone otro añadido perjuicio para el resto del personal  pero,  por más que es conocedora, la Decana no se plantea penalizar esa falta de utilización y retirar la plaza de aparcamiento  a quienes les ha concedido la “titularidad” sin otro criterio que la pertenencia a grupos profesionales A1.
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