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PORCA MISERIA
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MADRID. LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA PUBLICA EN EL BOCM LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS Empty MADRID. LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA PUBLICA EN EL BOCM LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

15/2/2023, 10:21
LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA PUBLICA EN EL BOCM LA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE VACACIONES, PERMISOS   Y LICENCIAS PARA ADAPTARLA  A LAS REFORMAS  INCLUIDAS EN EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (EBEP).
·       Las pequeñas reformas en relación con permisos y vacaciones de las que hemos informado desde [size=16]CCOO, están vigentes desde el día 1 de enero de 2021 y desde el 1 de abril de 2022, y por tanto, ya  son de aplicación a los funcionarios/as de Justicia de la Comunidad de Madrid  al tratarse, el EBEP,  de una Ley que tiene carácter básico para todos los  empleados públicos.[/size]
 
RECORDAMOS que esas reformas se refieren  a los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos  en aplicación,  fundamentalmente,[size=16] del R.D.-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación y de L.O. 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, y por de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.[/size]
 
·       Se amplía ligeramente el permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, al añadir también el mismo permiso al caso de “hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario”.
 
·       La Consejería también incorpora aunque de forma muy parcial mejoras que veníamos reclamando:
 
ü  Que las vacaciones se puedan disfrutar hasta el día 31 de marzo del año siguiente pero, inexplicablemente, mantiene el disfrute de los permisos por asuntos particulares hasta el día 31 de enero del siguiente año.
 
ü  Que las vacaciones iniciadas podrán interrumpirse, además de en caso de IT del funcionario, cuando se produzca ingreso hospitalario o fallecimiento debidamente acreditado de un pariente del primer grado de consanguinidad o afinidad.
 
ü  Que el permiso por asuntos particulares podrá suspenderse en caso de ingreso hospitalario del funcionario (en cambio, en caso de IT sin hospitalización no  habrá suspensión del permiso).
 
La Consejería no incluye una de las mejoras del EBEP en relación con las vacaciones, pero, a pesar de ello,[size=16] CCOO recuerda que se aplicará igualmente porque el EBEP es una norma de rango superior y de aplicación directa al personal de la Administración de Justicia.[/size]
Esa reforma se  refiere a que en los casos de conclusión de la relación de servicios de los funcionarios públicos por causas ajenas a la voluntad de estos, tendrán derecho a solicitar el abono de una compensación económica por las vacaciones devengadas y no disfrutadas; y en particular, en los casos de jubilación por incapacidad permanente o por fallecimiento, hasta un máximo de dieciocho meses.
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