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OpositorEnloquecido
Mensajes : 11
Fecha de inscripción : 08/03/2021

Recursos Registro Civil Empty Recursos Registro Civil

8/3/2021, 21:18
Estoy un poco perdido en este tema...
En el tema de los recursos contra resoluciones del Encargado del Registro civil:
 - La Ley del 2011 en el artículo 85 indica que "Contra las decisiones adoptadas por los Encargados de las Oficinas Central, Generales y Consulares del Registro Civil en el ámbito de las competencias atribuidas por esta Ley, los interesados sólo podrán interponer recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el plazo de un mes
- Pero según el Reglamento  en el artículo 355 dice esto: "Las resoluciones del Encargado no admitiendo el escrito inicial o poniendo término al expediente son recurribles ante la Dirección General durante quince días hábiles, a partir de la notificación"
- Según la Ley de 1957 en el artículo 29 "Las decisiones del encargado del Registro son recurribles durante treinta días en vía gubernativa ante el Juez de Primera Instancia correspondiente, con apelación en igual tiempo ante la Dirección General, sin que quepa ulterior recurso, a salvo, cuando corresponda, la vía judicial ordinaria".
Si preguntan, que recurso cabe contra las resoluciones del Encargado del Registro Civil?  Cual sería la respuesta?
Os agradecería mucho vuestra ayuda
Narusita
Narusita
Mensajes : 1323
Fecha de inscripción : 25/05/2020
Localización : Japón

Recursos Registro Civil Empty Re: Recursos Registro Civil

9/3/2021, 17:56
Hay que distinguir entre recursos interpuestos contra resoluciones denegando el escrito inicial o poniendo fin a expedientes y recursos a decisiones en materia de calificación del Encargado. 
En el primer caso el plazo es de 15 días hábiles. 
En el segundo trei­nta días naturales.
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