- Joker 84
- Mensajes : 622
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Prestaciones de seguridad social. LJS
25/8/2020, 10:50
Buenos días! Tengo una duda porque o no me estoy enterando bien del proceso o no me cuadran los plazos.
En materia de prestaciones de seguridad social, dice que tras admitir la demanda se reclamará el expediente administrativo para que lo remitan en 10 días.
Mi duda es: en impugnacion de alta medica, esto no se hace? Es un plazo más reducido? Porque tras admitir la demanda se debe celebrar la vista en 5 días.
Es que en el 144.2 dice que el plazo de impugnación de altas médicas será de 5 días pero no sé si se refiere a la remisión del expediente o si como dice el primer párrafo de dicho artículo, a la reiteración del expediente (por no haberse remitido en los 10 días)
Estoy hecho un lío! No se si me habré expresado bien.
Un saludo y gracias!!
En materia de prestaciones de seguridad social, dice que tras admitir la demanda se reclamará el expediente administrativo para que lo remitan en 10 días.
Mi duda es: en impugnacion de alta medica, esto no se hace? Es un plazo más reducido? Porque tras admitir la demanda se debe celebrar la vista en 5 días.
Es que en el 144.2 dice que el plazo de impugnación de altas médicas será de 5 días pero no sé si se refiere a la remisión del expediente o si como dice el primer párrafo de dicho artículo, a la reiteración del expediente (por no haberse remitido en los 10 días)
Estoy hecho un lío! No se si me habré expresado bien.
Un saludo y gracias!!
- Gundula
- Mensajes : 155
Fecha de inscripción : 01/04/2020
Re: Prestaciones de seguridad social. LJS
25/8/2020, 12:39
Buenos días
Si al demandante le conviniera la aportación del expediente a sus propios fines...
Se refiere a la reiteración cuando no se ha enviado y son 5 días en altas médicas para su remisión
Si al demandante le conviniera la aportación del expediente a sus propios fines...
Se refiere a la reiteración cuando no se ha enviado y son 5 días en altas médicas para su remisión
- Joker 84
- Mensajes : 622
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: Prestaciones de seguridad social. LJS
25/8/2020, 12:48
A ver si lo he entendido,
Impugnación de alta medica. Se admite la demanda. Si el demandante le interesa la aportacion del expediente a sus propios fines, se suspende la celebración de la vista para reclamación del expediente y se reclamará para que lo aporten en 10 dias. Si no se aporta en dicho plazo, se reiterará para que lo aporten en 5 días.
Si el demandante no le conviniera la aportación del expediente, se celebrará la vista en los 5 días siguientes a la admisión de la demanda..
Es asi?? Graciaas de antemano
Impugnación de alta medica. Se admite la demanda. Si el demandante le interesa la aportacion del expediente a sus propios fines, se suspende la celebración de la vista para reclamación del expediente y se reclamará para que lo aporten en 10 dias. Si no se aporta en dicho plazo, se reiterará para que lo aporten en 5 días.
Si el demandante no le conviniera la aportación del expediente, se celebrará la vista en los 5 días siguientes a la admisión de la demanda..
Es asi?? Graciaas de antemano
- Gundula
- Mensajes : 155
Fecha de inscripción : 01/04/2020
Re: Prestaciones de seguridad social. LJS
25/8/2020, 13:06
Correcto, así lo entiendo yo
No sé si alguien más puede afirmar que lo sea
No sé si alguien más puede afirmar que lo sea
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.