- Jimena
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Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 09:54
La frase está nunca la he entendido, delitos leves, no requieren abogado y procurador regla general.
Los que lleven pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses, se aplicaran las reglas generales de defensa y representación.
Máximo sea de al menos, no me entra , que significa? Gracias.
Los que lleven pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses, se aplicaran las reglas generales de defensa y representación.
Máximo sea de al menos, no me entra , que significa? Gracias.
- Sumario86
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:05
Para penas superiores a 6 meses, reglas generales.
Así de enrevesada es la LECrim.
Así de enrevesada es la LECrim.
- Jimena
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:06
más de seis meses abogado y procurador?Sumario86 escribió:Para penas superiores a 6 meses, reglas generales.
Así de enrevesada es la LECrim.
- Sumario86
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:08
Procurador es relativo, porque no seria necesario hasta el auto de apertura del juicio oral.
Recuerda que estamos en un delito leve, y si directamente se pasa a juicio, y la pena es superior a 6 meses, tendrias que estar representado por procurador
Recuerda que estamos en un delito leve, y si directamente se pasa a juicio, y la pena es superior a 6 meses, tendrias que estar representado por procurador
- Jimena
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:09
Como en el abreviado.Sumario86 escribió:Procurador es relativo, porque no seria necesario hasta el auto de apertura del juicio oral
- Sumario86
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:11
Estaba editando mi mensaje anterior, Jimena
- Jimena
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:13
gracias.Sumario86 escribió:Estaba editando mi mensaje anterior, Jimena

- Inapelable
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:24
Hola.
Quizá un ejemplo sea lo más sencillo.
Es pena leve:
La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.
La multa de hasta tres meses.
Aquí la pena máxima es inferior a 6 meses. En estos ejemplos, por tanto, no es preciso abogado ni procurador.
----------
La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.
En estos otros dos ejemplos, el límite máximo supera los 6 menos. Puede ser que la pena que luego se imponga sea inferior, pero en el momento en que pueda llegar a los 6 meses por estar dentro de los límites recogidos, ya es necesario abogado y procurador.
Bueno, todo esto siempre es como yo entiendo. Que no es que lo sepa seguro.
Quizá un ejemplo sea lo más sencillo.
Es pena leve:
La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.
La multa de hasta tres meses.
Aquí la pena máxima es inferior a 6 meses. En estos ejemplos, por tanto, no es preciso abogado ni procurador.
----------
La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.
En estos otros dos ejemplos, el límite máximo supera los 6 menos. Puede ser que la pena que luego se imponga sea inferior, pero en el momento en que pueda llegar a los 6 meses por estar dentro de los límites recogidos, ya es necesario abogado y procurador.
Bueno, todo esto siempre es como yo entiendo. Que no es que lo sepa seguro.
- Jimena
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:27
Muchísimas gracias, me lo sabia como un loro, pero en un caso práctico no lo entendía. Gracias a los dos.
- Sumario86
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 10:28
Tal cual Inapelable.
Es que la LECrim, cuando nos habla de límite máximo tenemos que pensar en la calificacion de las penas del código penal, que siempre oscilan entre un mínimo y un máximo.
Es que la LECrim, cuando nos habla de límite máximo tenemos que pensar en la calificacion de las penas del código penal, que siempre oscilan entre un mínimo y un máximo.
- Rhoades
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Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 12:45
Buenas!
Al hilo de lo que comentáis me surge esta duda desde el desconocimiento: ¿no es la multa un tipo de pena diferente a la de privación de derechos? Lo comento porque siendo así, para poder aplicar el 967 deberían darse los dos requisitos: tipo de pena = multa + duración = más de 6 meses.
Al hilo de lo que comentáis me surge esta duda desde el desconocimiento: ¿no es la multa un tipo de pena diferente a la de privación de derechos? Lo comento porque siendo así, para poder aplicar el 967 deberían darse los dos requisitos: tipo de pena = multa + duración = más de 6 meses.
- Inapelable
- Mensajes : 485
Fecha de inscripción : 16/06/2020
Re: Duda delitos leves, reglas de defensa y representación
29/3/2021, 13:00
Sí, es así.
Bueno, el artículo lo dice expresamente: penas de multa cuyo límite máximo sea de, al menos, 6 meses.
Y aunque parezca que en las penas leves solo cabe multa de hasta 3 meses, esto se introdujo, creo, por culpita del art. 13.4 CP: cuando la pena, por su extensión, pueda considerarse como leve y como menos grave, el delito se considerará, en todo caso, como leve.
Bueno, eso creo. La verdad es que necesitaría confirmación.
Y edito porque es verdad que cuando puse los ejemplos para los límites de pena, incluí los de multa y los de no, sin tener en cuenta que el abogado y procurador solo son para pena de multa. Jeje, perdón, menos mal que llegó el compañero. No quise liar a nadie. Me sobreejemplarizaré.
Bueno, el artículo lo dice expresamente: penas de multa cuyo límite máximo sea de, al menos, 6 meses.
Y aunque parezca que en las penas leves solo cabe multa de hasta 3 meses, esto se introdujo, creo, por culpita del art. 13.4 CP: cuando la pena, por su extensión, pueda considerarse como leve y como menos grave, el delito se considerará, en todo caso, como leve.
Bueno, eso creo. La verdad es que necesitaría confirmación.
Y edito porque es verdad que cuando puse los ejemplos para los límites de pena, incluí los de multa y los de no, sin tener en cuenta que el abogado y procurador solo son para pena de multa. Jeje, perdón, menos mal que llegó el compañero. No quise liar a nadie. Me sobreejemplarizaré.
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