- Joker 84
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Fecha de inscripción : 10/06/2020
Articulo 446 LECRIM
Sáb 12 Dic - 19:15:38
Buenas!! en base a una pregunta de test me ha surgido una duda.
Una vez terminada la declaración, el LAj hará saber al testigo de la obligación de comparecer para declarar de nuevo ante el tribunal competente cuando se le cite, y así de notificar cualquier cambio de domicilio que realice hasta ser citado para el juicio oral, bajo apercibimiento de multa de 200 a 1000.
La multa solamente es para cuando el testigo no notifique dichos cambios de domicilio o para el caso de que no acuda a la citación a testificar, o para ambas.
La pregunta era:
En el orden penal, terminada la declaración de un testigo, el LAJ le hará saber la obligación de comparecer para declarar de nuevo ante el tribunal competente cuando se le cite para ello, bajo apercibimiento si no lo cumple de ser castigado con multa de:
a) 100 a 2000 euros
b) 200 a 5000 euros
c) 100 a 3000 euros
d) 200 a 1000 euros
Gracias!!!
Una vez terminada la declaración, el LAj hará saber al testigo de la obligación de comparecer para declarar de nuevo ante el tribunal competente cuando se le cite, y así de notificar cualquier cambio de domicilio que realice hasta ser citado para el juicio oral, bajo apercibimiento de multa de 200 a 1000.
La multa solamente es para cuando el testigo no notifique dichos cambios de domicilio o para el caso de que no acuda a la citación a testificar, o para ambas.
La pregunta era:
En el orden penal, terminada la declaración de un testigo, el LAJ le hará saber la obligación de comparecer para declarar de nuevo ante el tribunal competente cuando se le cite para ello, bajo apercibimiento si no lo cumple de ser castigado con multa de:
a) 100 a 2000 euros
b) 200 a 5000 euros
c) 100 a 3000 euros
d) 200 a 1000 euros
Gracias!!!
- PORCA MISERIA
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Localización : MADRID
Re: Articulo 446 LECRIM
Sáb 12 Dic - 19:26:28
Para ambas 200 a 1000, si no acude a declarar al primer llamamiento es la multa de 200 a 5000 pero si acudes a declarar y luego el laj te llama y tienes que ir otra vez y tú pasas te pueden caer de 200 a 1000 además de lo del cambio de domicilio que también son 200 a 1000e.
Creo es eso
Creo es eso
- Joker 84
- Mensajes : 623
Fecha de inscripción : 10/06/2020
Re: Articulo 446 LECRIM
Sáb 12 Dic - 19:43:25
Entonces:
Instrucción- si el testigo no acude al primer llamamiento, multa de 200-5000. Y si vuelve a reiterar su incumplimiento, delito de obstrucción. Si el testigo acude pero no declara, multa de 200-5000 euros. Y si se vuelve a negar, pues delito de desobediencia.
Si comparece y testifica, el LAJ le advertirá de volver a concurrir cuando se le cite ante el tribunal competente (se entiende al enjuiciador) y de notificar cambios de domicilio hasta antes del juicio oral, bajo apercibimiento de multa de 200-1000 euros.
Y una vez en el juicio oral, si se niega a declarar (art 716) multa de 200-5000. Si persiste, delito de desobediencia grave.
Instrucción- si el testigo no acude al primer llamamiento, multa de 200-5000. Y si vuelve a reiterar su incumplimiento, delito de obstrucción. Si el testigo acude pero no declara, multa de 200-5000 euros. Y si se vuelve a negar, pues delito de desobediencia.
Si comparece y testifica, el LAJ le advertirá de volver a concurrir cuando se le cite ante el tribunal competente (se entiende al enjuiciador) y de notificar cambios de domicilio hasta antes del juicio oral, bajo apercibimiento de multa de 200-1000 euros.
Y una vez en el juicio oral, si se niega a declarar (art 716) multa de 200-5000. Si persiste, delito de desobediencia grave.
- PORCA MISERIA
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Localización : MADRID
Re: Articulo 446 LECRIM
Sáb 12 Dic - 19:55:52
Pues sí, que yo sepa está correcto
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